Boadilla del Monte (BOCM-20210317-36)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 17 DE MARZO DE 2021

11.

B.O.C.M. Núm. 64

Calificación del proceso selectivo

11.1. El presente proceso selectivo a través del sistema de concurso-oposición se valorará de forma que la calificación definitiva vendrá dada por la suma de la calificación obtenida en la fase de oposición y la correspondiente a la fase de concurso, estableciéndose la
siguiente ponderación: (OP × 0,55) + (CON × 0,45).
11.1.1. Calificación de la fase de oposición: La puntuación de esta fase no podrá superar el 55 por 100 de la suma de ambas fases.
El ejercicio de la fase de oposición se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarla.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la calificación del ejercicio, de acuerdo con el sistema de valoración que se adopte.
11.1.2. Calificación de la fase de concurso. La puntuación de esta fase será el resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en base a los diferentes méritos valorables, sin
que la puntuación de esta fase pueda superar el 45 por 100 de la suma de ambas fases.
11.2. En caso de empate en la puntuación final, se aplicaran los siguientes criterios:
— En primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia
profesional.
— En segundo lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación específica.
— En tercer lugar a la mayor puntuación obtenida en el apartado de formación general.
— En cuarto lugar, a la calificación obtenida en el ejercicio de la fase de oposición.
De persistir el empate, este se solventará por orden alfabético del primer apellido de
los aspirantes empatados, de conformidad con la letra que se determine en el sorteo público anual realizado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública a que se refiere el artículo 17 del RGI, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado”.
12.

Desarrollo del proceso selectivo

12.1. El orden de actuación de los opositores será el que resulte del sorteo a que se
refiere el artículo 17 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y que se reflejará en cada convocatoria.
12.2. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan. Salvo casos de fuerza mayor invocados con anterioridad y debidamente justificados y apreciados por el Tribunal de Selección
con absoluta libertad de criterio, la no presentación de un aspirante al ejercicio en el momento de efectuarse el llamamiento determinará automáticamente el decaimiento de su derecho
a participar en el mismo, quedando excluido en consecuencia del proceso selectivo.
12.3. Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los
restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada
para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno
nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital
del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
12.4. Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas, en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de
Boadilla del Monte, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido
para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
Resolución del proceso selectivo y lista de aprobados

13.1. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal Calificador elevará la relación de
aprobados, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación del documento nacional de
identidad (en la forma prevista legalmente para la protección de los datos de carácter personal), así como las notas parciales de todas y cada una de las fases del proceso selectivo, al
órgano competente para la resolución del proceso selectivo, en cuya resolución asimismo se
ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Tablón de Edictos y Anuncios Digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.
13.2. El Tribunal no podrá declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. No obstante lo anterior, siempre que

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