Boadilla del Monte (BOCM-20210316-59)
Régimen económico. Ordenanza general subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 63
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados
así como de los intereses derivados de los mismos.
e) En caso de denegación del beneficiario de la subvención para que el ayuntamiento
o sus entes dependientes puedan obtener información de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, deberá adjuntar
los certificados correspondientes emitidos por los mencionados organismos. Esta
obligación no será exigible siempre que los certificados presentados con ocasión
de la solicitud estuvieran todavía vigentes en el momento de la justificación.
Sin perjuicio de lo anterior, el órgano concedente podrá requerir al beneficiario
una muestra de los justificantes de gasto que permita obtener evidencia razonable
sobre la adecuada aplicación de la subvención.
2) Cuenta justificativa ordinaria, que será la justificación exigida, en general, para
subvenciones de importe igual o superior a 60.000 euros, y que se presentará según el modelo que determine la convocatoria, resolución de concesión o convenio, con el contenido
mínimo siguiente:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
b.1. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión
y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con
arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
b.2. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que
se hace referencia en el párrafo anterior por importe al menos de la subvención concedida y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
b.3. Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en
el correspondiente registro oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles.
b.4. Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o
indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que la convocatoria, resolución de concesión o convenio hayan previsto su compensación mediante un tanto alzado sin necesidad de justificación.
b.5. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
b.6. La indicación y justificación del procedimiento de contratación utilizado en
caso de que el beneficiario de la subvención sea una entidad que deba adecuar su actuación a la normativa sobre contratación. En otro caso, los tres
presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
b.7. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
b.8. En caso de denegación del beneficiario de la subvención para que el ayuntamiento o sus entes dependientes puedan obtener información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al cumplimiento de sus obligaciones con estos
organismos, deberá adjuntar los certificados correspondientes emitidos por
los mencionados organismos. Esta obligación no será exigible siempre que
los certificados presentados con ocasión de la solicitud estuvieran todavía
vigentes en el momento de la justificación.
Pág. 221
BOCM-20210316-59
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 16 DE MARZO DE 2021
b) Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Un detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad
subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
d) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados
así como de los intereses derivados de los mismos.
e) En caso de denegación del beneficiario de la subvención para que el ayuntamiento
o sus entes dependientes puedan obtener información de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, deberá adjuntar
los certificados correspondientes emitidos por los mencionados organismos. Esta
obligación no será exigible siempre que los certificados presentados con ocasión
de la solicitud estuvieran todavía vigentes en el momento de la justificación.
Sin perjuicio de lo anterior, el órgano concedente podrá requerir al beneficiario
una muestra de los justificantes de gasto que permita obtener evidencia razonable
sobre la adecuada aplicación de la subvención.
2) Cuenta justificativa ordinaria, que será la justificación exigida, en general, para
subvenciones de importe igual o superior a 60.000 euros, y que se presentará según el modelo que determine la convocatoria, resolución de concesión o convenio, con el contenido
mínimo siguiente:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
b) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, que
contendrá:
b.1. Una relación clasificada de los gastos e inversiones de la actividad, con
identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión
y, en su caso, fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con
arreglo a un presupuesto, se indicarán las desviaciones acaecidas.
b.2. Facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que
se hace referencia en el párrafo anterior por importe al menos de la subvención concedida y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
b.3. Certificado de tasador independiente debidamente acreditado e inscrito en
el correspondiente registro oficial, en el caso de adquisición de bienes inmuebles.
b.4. Indicación, en su caso, de los criterios de reparto de los costes generales y/o
indirectos incorporados en la relación a que se hace referencia en el apartado a), excepto en aquellos casos en que la convocatoria, resolución de concesión o convenio hayan previsto su compensación mediante un tanto alzado sin necesidad de justificación.
b.5. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
b.6. La indicación y justificación del procedimiento de contratación utilizado en
caso de que el beneficiario de la subvención sea una entidad que deba adecuar su actuación a la normativa sobre contratación. En otro caso, los tres
presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba de haber solicitado el beneficiario.
b.7. En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no
aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
b.8. En caso de denegación del beneficiario de la subvención para que el ayuntamiento o sus entes dependientes puedan obtener información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al cumplimiento de sus obligaciones con estos
organismos, deberá adjuntar los certificados correspondientes emitidos por
los mencionados organismos. Esta obligación no será exigible siempre que
los certificados presentados con ocasión de la solicitud estuvieran todavía
vigentes en el momento de la justificación.
Pág. 221
BOCM-20210316-59
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