San Martín de Valdeiglesias (BOCM-20210309-69)
Urbanismo. Normas subsidiarias
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 57

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 9 DE MARZO DE 2021

Pág. 233

En sesión de fecha 17 de Enero de 2002, con publicación él BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de fecha 8 de Febrero de 2002, se aprobó por la Comisión de
Urbanismo de Madrid la Modificación puntual número 5 de las Normas Subsidiarias de
Planeamiento de San Martín de Valdeiglesias, en el ámbito de la OR-11 Industrial, en relación con
el uso Comercial, promovida por el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias.
La Modificación Puntual nº5 se justificaba ante la necesidad de centros comerciales de tamaño
pequeño y mediano en el municipio, dada la carencia de los mismos en la zona. Dicha modificación
contemplaba en el primer punto el permitir, con unas determinadas condiciones y limitaciones, la
venta al público de los artículos de producción propia. Y en un segundo punto la creación de un
área señalada sobre el polígono industrial al oeste del municipio, permitiendo en la misma el uso
comercial en edificio exclusivo y con los condicionantes de la ordenanza comercial, pero sin
permitir superficies comerciales. Su delimitación dejaba aislado al suelo objeto de esta
modificación, y que posee características para encontrarse del polígono creado.
Con este documento se pretende dar continuidad al ámbito de aplicación en el que el uso comercial
es compatible con el industrial, siempre al amparo de las determinaciones de la Modificación
Puntual no. 5 de las NNSS, teniendo en cuenta además que su situación es favorable en cuanto a los
accesos, ya que si bien se apoya en vías principales de comunicación, al igual que lo hace el
polígono delimitado en la anteriormente Modificación Puntual nº 5, no se interfiere en el tráfico
interno del polígono industrial.
Por todo lo anterior es por lo que se redacta el presente documento de modificación de las NNSS de
Planeamiento Municipal de San Martín de Valdeiglesias.
4.- ORDENACIÓN MODIFICADA
La modificación consiste en la introducción en el ámbito señalado como afectado por la
Modificación Puntual nº 5 de las NNSS, ámbito en el que se permite en edificio el uso comercial,
de las parcelas que aparecen recogidas en el Anexo I.
La Ordenanza OR-11 en su Modificación Puntual nº 5 no quedaría modificada más que en el
ámbito de aplicación.
Es motivo de modificación la documentación gráfica que completa dicha Ordenanza OR-11, mediante
la inclusión de la correspondiente delimitación de ámbitos el documento vigente de las NNSS PLANO
D-2', ALINEACIONES Y ORDENANZAS DEL CASCO, que una vez modificado pasa a
denominarse PLANO D-2", ALINEACIONES Y ORDENANZAS DEL CASCO (Anexo III).
5.- CONCLUSIÓN
De lo expuesto se deduce la conveniencia y oportunidad de cada una de las determinaciones que
constituyen esta Modificación Puntual y que son objeto de la presente Memoria Justificativa.
ANEXO I.
ANEXO II.
ANEXO III.
pueden

consultarse

en

nuestra

pagina

web

BOCM-20210309-69

Los
Planos
y
las
fichas
www.sanmartindevaldeiglesias.es