Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza Universitaria. Becas. (2025040113)
Decreto 68/2025, de 1 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el alumnado universitario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, seleccionado para realizar estudios o prácticas, en el marco del Programa de Movilidad Erasmus+ y se aprueba la primera convocatoria para el curso académico 2025/2026.
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NÚMERO 145
42615
Martes 29 de julio de 2025
2. Que la persona solicitante haya sido seleccionada, en el marco del Programa Erasmus+
Estudios o Prácticas, en la convocatoria correspondiente al curso para el que se solicita
la ayuda. En el caso del Programa Erasmus+ Prácticas, se deberá haber comenzado la
estancia formativa en los 12 meses inmediatamente anteriores a la publicación de la
convocatoria.
3. Tener la persona solicitante y el padre o la madre con quien conviva vecindad administrativa en Extremadura, cuando se cursen estudios en otra universidad fuera de
Extremadura.
4. N
o estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria,
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. P
odrán obtener la condición de beneficiario las personas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.
Artículo 5. Requisitos académicos.
Acreditar una nota media aritmética en la titulación cursada de al menos 6 puntos. Se aplicará
un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios de la rama de
Ingeniería y Arquitectura, de 1,11 para las procedentes de estudios de la rama de Ciencias y
de 1,05 para las procedentes de la rama de Ciencias de la Salud, conforme a la clasificación
que de las mismas se establece en el Registro de Universidades, Centros y Títulos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Aplicados los coeficientes correctores, será
necesario acreditar una nota medía mínima de:
Rama de conocimiento
Nota media mínima
Ingeniería y Arquitectura
5,13 puntos
Ciencias
5,41 puntos
Ciencias de la Salud
5,72 puntos
Ciencias Sociales y Jurídicas
6,00 puntos
Artes y Humanidades
6,00 puntos
Dicha nota se calculará de la siguiente manera:
1. Para el alumnado de la Modalidad A, Erasmus+ Estudios, se tendrán en consideración las
asignaturas superadas del expediente académico de la persona solicitante hasta el mes de
febrero del año en que se publique la convocatoria de estas ayudas.
42615
Martes 29 de julio de 2025
2. Que la persona solicitante haya sido seleccionada, en el marco del Programa Erasmus+
Estudios o Prácticas, en la convocatoria correspondiente al curso para el que se solicita
la ayuda. En el caso del Programa Erasmus+ Prácticas, se deberá haber comenzado la
estancia formativa en los 12 meses inmediatamente anteriores a la publicación de la
convocatoria.
3. Tener la persona solicitante y el padre o la madre con quien conviva vecindad administrativa en Extremadura, cuando se cursen estudios en otra universidad fuera de
Extremadura.
4. N
o estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria,
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. P
odrán obtener la condición de beneficiario las personas que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención o en las que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y en la convocatoria.
Artículo 5. Requisitos académicos.
Acreditar una nota media aritmética en la titulación cursada de al menos 6 puntos. Se aplicará
un coeficiente corrector de 1,17 para las calificaciones procedentes de estudios de la rama de
Ingeniería y Arquitectura, de 1,11 para las procedentes de estudios de la rama de Ciencias y
de 1,05 para las procedentes de la rama de Ciencias de la Salud, conforme a la clasificación
que de las mismas se establece en el Registro de Universidades, Centros y Títulos del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Aplicados los coeficientes correctores, será
necesario acreditar una nota medía mínima de:
Rama de conocimiento
Nota media mínima
Ingeniería y Arquitectura
5,13 puntos
Ciencias
5,41 puntos
Ciencias de la Salud
5,72 puntos
Ciencias Sociales y Jurídicas
6,00 puntos
Artes y Humanidades
6,00 puntos
Dicha nota se calculará de la siguiente manera:
1. Para el alumnado de la Modalidad A, Erasmus+ Estudios, se tendrán en consideración las
asignaturas superadas del expediente académico de la persona solicitante hasta el mes de
febrero del año en que se publique la convocatoria de estas ayudas.