Servicio Extremeño Público De Empleo. Subvenciones. (2025062226)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Empleo, por la que se concede una subvención directa a la Asociación de Universidades Populares de Extremadura (AUPEX), para la realización de actividades de empleo relacionadas con las nuevas tecnologías de la información y la comunicación a través del programa "Espacios Digitalex", para la anualidad 2025.
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NÚMERO 106
Miércoles 4 de junio de 2025
31792
Se considerará que la asociación beneficiaria se aproxima de modo significativo al cumplimiento total, cuando haya ejecutado al menos el 50% de la actividad subvencionada.
Undécimo. Régimen jurídico aplicable.
La subvención concedida a AUPEX se regirá por lo previsto en la resolución de concesión, en
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por
las restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
Décimosegundo. Compatibilidad con otras subvenciones.
La subvención será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Decimotercero. Protección de datos personales.
Todos los tratamientos de datos personales derivados del desarrollo de las acciones objeto
de la presente subvención se realizarán con sujeción a lo regulado por el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva95/46/CE, por la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como por la Ley 1/2024 de 5 de febrero, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada
para el año 2025.
La base jurídica que legitima este tratamiento dimana de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada
para el ejercicio 2025, así como de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y se concreta en la gestión del objeto subvencionado,
que es el desarrollo actuaciones de alfabetización y capacitación digital dirigidas preferentemente a personas desempleadas y emprendedores, que residan en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la
que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de
dicha finalidad y del tratamiento de los datos. La información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los plazos legalmente establecidos.
Miércoles 4 de junio de 2025
31792
Se considerará que la asociación beneficiaria se aproxima de modo significativo al cumplimiento total, cuando haya ejecutado al menos el 50% de la actividad subvencionada.
Undécimo. Régimen jurídico aplicable.
La subvención concedida a AUPEX se regirá por lo previsto en la resolución de concesión, en
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y por su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por
las restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
Décimosegundo. Compatibilidad con otras subvenciones.
La subvención será incompatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la
misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados,
nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Decimotercero. Protección de datos personales.
Todos los tratamientos de datos personales derivados del desarrollo de las acciones objeto
de la presente subvención se realizarán con sujeción a lo regulado por el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva95/46/CE, por la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos
digitales (BOE de 6 de diciembre de 2018), así como por la Ley 1/2024 de 5 de febrero, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada
para el año 2025.
La base jurídica que legitima este tratamiento dimana de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, prorrogada
para el ejercicio 2025, así como de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, y se concreta en la gestión del objeto subvencionado,
que es el desarrollo actuaciones de alfabetización y capacitación digital dirigidas preferentemente a personas desempleadas y emprendedores, que residan en la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
Los datos se mantendrán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la
que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de
dicha finalidad y del tratamiento de los datos. La información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los plazos legalmente establecidos.