Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061350)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter plurianual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a PYMES, SLU, para financiar la realización del Plan de Internacionalización y Financiación a la I+D+i Empresarial para el periodo 2023-2024.
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NÚMERO 71
Viernes 11 de abril de 2025

19449

ANEXO II. INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN.
1ª) Se modifica el primer párrafo del Anexo II, que pasará a tener la siguiente redacción:
Los gastos y pagos derivados de esta transferencia específica deberán realizarse entre 1
de abril de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante ello, el coste correspondiente salarios, Seguridad Social a cargo de la empresa y retenciones por IRPF correspondiente a las personas trabajadoras imputadas al proyecto en cada una de las anualidades,
será considerado gasto elegible de dicha anualidad, siempre que habiéndose devengado
durante el mes de diciembre del ejercicio anterior (2023, 2024 y 2025), se hayan abonado
a las personas trabajadoras o se hayan ingresado a favor de los organismos competentes
durante el período voluntario para su recaudación durante el ejercicio inmediatamente
siguiente (2024, 2025 y 2026, respectivamente).
2ª) Se modifica el subapartado N.º 2.-MEMORIA TÉCNICA ANUAL Y FINAL, del apartado
DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA PARA PRESENTAR POR EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU; que pasará a tener el siguiente contenido:
2. MEMORIA TÉCNICA ANUAL Y FINAL
Contendrá la descripción pormenorizada de las actividades realizadas donde se exponga el detalle de la actuación/actividad realizada, costes incurridos, procedimientos realizados, los objetivos, listado de empresas visitadas, ponentes y empresas participantes, dossier fotográfico o evidencia documental de cada uno de ellos. La documentación
original podrá ser requerida por el órgano gestor, así como cualquier tipo de aclaración
o verificación en el momento de la justificación.
La memoria técnica anual deberá presentarse antes del último día de febrero del ejercicio siguiente.
La memoria técnica final del conjunto de la transferencia plurianual podrá presentarse
antes del 31 de marzo de 2026 (inclusive). Ambas memorias deberán contener la información sobre el nivel de logro de los indicadores recogidos en la presente transferencia.
Igualmente, de cada actividad se tendrá registro documental de las empresas que participan en las actividades, pudiendo utilizar las herramientas o formularios de registro
que mejor se adapten a la idoneidad de la actividad.