Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060537)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura y la Entidad Deportiva "Aeroclub Sierra de Alange" (NIF G06630198) para la concesión directa de una subvención destinada a financiar la dotación de un vehículo de navegación de apoyo al tráfico del hidroaeródromo "Luis Mingorance" de Alange (Badajoz).
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NÚMERO 41
Viernes 28 de febrero de 2025

10884

L
 a embarcación tendrá una capacidad para cuatro (4) personas y estará dotada de un
motor de cuatro (4) tiempos.
D
 icha embarcación a motor servirá, por su funcionalidad, como apoyo a la actividad
hidroaérea a desarrollar en el aeródromo, con capacidad para ayudar y remolcar aeronaves anfibias y a sus pasajeros en caso de avería técnica, así como el embarque de
pilotos y acompañantes en el caso de que la aeronave quede anclada en cualquier parte
de la hidrosuperficie.
IX. C
 onsta que, con fecha 26 de julio de 2024, el Presidente de la entidad “Aeroclub Sierra
de Alange”, en representación de la misma, solicita “la cantidad de 10.000 euros consignadas en los presupuestos generales de la comunidad autónoma para la consecución y
establecimiento de la hidrobase para aeronaves ligeras y privadas en el pantano de Alange”, complementado dicho escrito con la Memoria de la actividad proyectada, de fecha 2
de septiembre de 2024, en la que se define el interés en adquirir, en cumplimiento de las
condiciones de la autorización de apertura al tráfico de AESA, una embarcación a motor.
X. L
 a suscripción del presente convenio contribuye a mejorar la eficiencia de la gestión pública, posibilitando que el destinatario de los recursos financieros lleve a cabo la ejecución del
objeto financiado, en atención al interés público que reviste no sólo para los directamente
interesados en la actividad desarrollada por el hidroaeródromo, sino también para la ciudadanía en general, en virtud de la vinculación de su utilización para actividades de utilidad
pública (operaciones de transporte sanitario, lucha contraincendios o vuelos turísticos).
XI. E
 l compromiso económico asumido en el presente instrumento es financieramente sostenible en virtud de la previsión contenida en la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en cuanto a
su cargo al proyecto de gasto 20240257 (Hidroaeródromo Alange).
XII. D
 e conformidad con el artículo 32.1.a) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se considerará supuesto excepcional de concesión directa cuando por razón de la especial naturaleza de la actividad a
subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible promover la
concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades privadas
sin fines de lucro.
XIII. L
 a celebración del presente convenio no necesita autorización previa del Consejo de Gobierno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.3 de la Ley 1/2024, en razón a que
la cuantía aportada por la Junta de Extremadura no supera los 60.000 euros, en relación
con el artículo 47.2.c. de la Ley 40/2015, referido a los convenios celebrados entre una
Administración pública y un sujeto de Derecho privado.