Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2025060488)
Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa Industrias Cristian Lay, SA.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 37
Lunes 24 de febrero de 2025

10236

CAPÍTULO IX
Derechos sindicales
Artículo 27. Derechos sindicales.
1. La empresa facultará a sus delegados de personal o miembros del comité de empresa, a
que, con ocasión de negociar Convenio Colectivo de aplicación a su sector, pueda asistir al
mismo sin limitación de horas para las negociaciones.
2. L
 as horas sindicales serán 20 horas mensuales.
3. Las empresas estarán obligadas a facilitar a los representantes del trabajador/a, la evolución mensual de la plantilla en el centro de trabajo especificando los trabajadores/as
sujetos a contratación laboral y modalidad de la misma.
4. Si contara con más de 50 trabajadores/as proporcionarán a los miembros del comité de
empresa locales adecuados para reuniones sindicales que afecten a la propia empresa.
5. También, previa autorización de los trabajadores afectados, las empresas descontarán de
sus nóminas el importe de la cuota sindical de la Central sindical a la que pertenezcan, y lo
transferirán a las respectiva Centrales.
6. Derecho a la Información: las partes se remiten al artículo 64 Texto Refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por RD 2/2015 de 23 de octubre.
Artículo 28. Tablón de anuncios.
Las empresas autorizarán a que los trabajadores/as, o representantes de éstos, puedan utilizar en lugar visible de las dependencias de la empresa tablón de anuncios para que puedan
informar de los temas que derivan de las relaciones laborales que sean de interés y de aplicación para todos/as.
CAPÍTULO X
Régimen disciplinario
Artículo 29. Régimen disciplinario.
29.1. Generalidades. La empresa podrá sancionar las acciones u omisiones posibles en que
incurran las personas trabajadoras de acuerdo con la graduación de las faltas y sanciones que
se establecen en el presente texto.