Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060227)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, y la Autoescuela Las Arenas Formación, SL, para la adhesión al programa de ayudas regulado en el Decreto 113/2024, de 10 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa "Bono formación del sector del transporte", destinado a la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas en el sector del transporte de mercancías y de viajeros y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 21
6418
Viernes 31 de enero de 2025
Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios y publicación en el DOE.
Las actividades de difusión y captación son potestativas de la autoescuela firmante. En todas
las actividades de difusión que, a través de cualquier medio pudiera efectuar la autoescuela
firmante, en virtud de la firma del presente convenio, deberá hacerse constar la colaboración
del Servicio Extremeño Público de Empleo, así como los logotipos institucionales de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
Decimosegunda. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
previsto para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos
del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Por la Autoescuela,
D. ALBERTO MOGENA PÉREZ
Por el SEXPE,
PA, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre.
PD, Resolución de 13 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
D.ª MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO
6418
Viernes 31 de enero de 2025
Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios y publicación en el DOE.
Las actividades de difusión y captación son potestativas de la autoescuela firmante. En todas
las actividades de difusión que, a través de cualquier medio pudiera efectuar la autoescuela
firmante, en virtud de la firma del presente convenio, deberá hacerse constar la colaboración
del Servicio Extremeño Público de Empleo, así como los logotipos institucionales de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
Decimosegunda. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
previsto para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos
del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Por la Autoescuela,
D. ALBERTO MOGENA PÉREZ
Por el SEXPE,
PA, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre.
PD, Resolución de 13 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
D.ª MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO