Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060220)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, y la Autoescuela Cándido Rabazo Méndez para la adhesión al programa de ayudas regulado en el "Bono formación del sector del transporte", destinado a la mejora de la empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas en el sector del transporte de mercancías y de viajeros y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 20
6182
Jueves 30 de enero de 2025
d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.
Decimoprimera. Difusión y captación.
La formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios y publicación en el DOE.
Las actividades de difusión y captación son potestativas de la autoescuela firmante. En todas
las actividades de difusión que, a través de cualquier medio pudiera efectuar la autoescuela
firmante, en virtud de la firma del presente convenio, deberá hacerse constar la colaboración
del Servicio Extremeño Público de Empleo, así como los logotipos institucionales de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
Decimosegunda. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
previsto para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos
del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Por la Autoescuela,
D. CÁNDIDO RABAZO MÉNDEZ
Por el SEXPE,
PA, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre.
PD, Resolución de 13 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
D.ª MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO
6182
Jueves 30 de enero de 2025
d) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista legalmente.
Decimoprimera. Difusión y captación.
La formalización del presente convenio será objeto de difusión electrónica a través de la página web institucional del Servicio Extremeño Público de Empleo.
Además, será objeto de inscripción en el registro de convenios y publicación en el DOE.
Las actividades de difusión y captación son potestativas de la autoescuela firmante. En todas
las actividades de difusión que, a través de cualquier medio pudiera efectuar la autoescuela
firmante, en virtud de la firma del presente convenio, deberá hacerse constar la colaboración
del Servicio Extremeño Público de Empleo, así como los logotipos institucionales de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y del Ministerio de Trabajo y Economía
Social.
Decimosegunda. Naturaleza jurídica.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando sometido al régimen jurídico
previsto para los convenios en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cualesquiera cuestiones que se susciten en cuanto a la aplicación, interpretación y efectos
del presente Convenio que no queden solventadas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula séptima, serán resueltas por los órganos de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Por la Autoescuela,
D. CÁNDIDO RABAZO MÉNDEZ
Por el SEXPE,
PA, Decreto 234/2023, de 12 de septiembre.
PD, Resolución de 13 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre de 2023),
D.ª MARÍA JOSÉ NEVADO DEL CAMPO