Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Subvenciones. (2025060201)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de Valdehornillos para la dotación tecnológica del laboratorio de prototipado y fabricación digital (Centro CRALAB-Centro de Recursos Alternativos y Laboratorio Experimental) en la anualidad 2024.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025
6022
e) S
ujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de
control financiero competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y,
en su caso, de los correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la
legalidad vigente reguladora de esta materia.
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Publicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con
lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba
la Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la
Junta de Extremadura a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de
conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
subvención y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y
publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
h) Tal y como se dispone en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, el proyecto, la acción, conducta o situación financiada ha de tener por objeto el fomento de una actividad de utilidad
pública o interés social o la promoción de la consecución de un fin público, esto es, el
destinatario principal de las acciones propuestas debería ser el ciudadano, por lo tanto,
aun siendo beneficiario directo de la subvención un ente público, éste no debe ser el
destinatario principal de la subvención ya que de esta forma se incumplirá con uno de
los principales rasgos definitorios de toda subvención pública.
i) El Ayuntamiento de Valdehornillos, como beneficiario de la subvención directa queda
obligado, asimismo, a cumplir lo establecido en el artículo 36 sobre régimen de los gastos subvencionables y los artículos 50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Miércoles 29 de enero de 2025
6022
e) S
ujetarse a las acciones de control financiero que se lleven a cabo por los órganos de
control financiero competentes de la Junta de Extremadura, del Tribunal de Cuentas y,
en su caso, de los correspondientes órganos de la Comunidad Europea, a tenor de la
legalidad vigente reguladora de esta materia.
f) Conservar los documentos justificativos de las actuaciones realizadas durante un plazo
de 4 años, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control por
cualquiera de las Administraciones Publicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación.
g) Identificar, a efectos de difusión pública las actividades subvencionadas, conforme con
lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y se modifica
el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se establece el Régimen General de
Concesión de Subvenciones, el Decreto 7/2002, de 29 de enero, por el que se aprueba
la Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura y la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por el Decreto 44/2016,
de 12 de abril, y resto de normativa aplicable, indicando que están financiados por la
Junta de Extremadura a través de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación
Digital, mediante certificado emitido por el representante de la entidad, todo ello de
conformidad con lo establecido en la normativa de aplicación autonómica y estatal.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta
subvención y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y
publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el
Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
h) Tal y como se dispone en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, el proyecto, la acción, conducta o situación financiada ha de tener por objeto el fomento de una actividad de utilidad
pública o interés social o la promoción de la consecución de un fin público, esto es, el
destinatario principal de las acciones propuestas debería ser el ciudadano, por lo tanto,
aun siendo beneficiario directo de la subvención un ente público, éste no debe ser el
destinatario principal de la subvención ya que de esta forma se incumplirá con uno de
los principales rasgos definitorios de toda subvención pública.
i) El Ayuntamiento de Valdehornillos, como beneficiario de la subvención directa queda
obligado, asimismo, a cumplir lo establecido en el artículo 36 sobre régimen de los gastos subvencionables y los artículos 50 y siguientes sobre control financiero y colaboración de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.