Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Subvenciones. (2025060201)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de Valdehornillos para la dotación tecnológica del laboratorio de prototipado y fabricación digital (Centro CRALAB-Centro de Recursos Alternativos y Laboratorio Experimental) en la anualidad 2024.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025
6021
S
in perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero
que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Asimismo, el Ayuntamiento de Valdehornillos deberá aportar declaración o certificado en
el que se indique el responsable de la custodia de los dispositivos adquiridos en el CRALAB.
E
l incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación
insuficiente de la misma llevará aparejada la revocación total o parcial de la subvención
concedida y el correspondiente reintegro en las condiciones previstas en el artículo 43
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Dentro del límite del importe total de la subvención, podrán admitirse variaciones del importe
asignado a cada uno de los distintos conceptos.
Noveno. Obligaciones del beneficiario,
El Ayuntamiento de Valdehornillos asumirá con carácter general las siguientes obligaciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la resolución,
pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la resolución, el Ayuntamiento de
Valdehornillos debe acreditar nuevamente con carácter previo al pago, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del
Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que
el beneficiario no autorice expresamente su consentimiento para obtener de oficio los
datos y documentos requeridos, quedará obligado a aportar la referida documentación.
c) Comunicar a la Dirección General de Digitalización Regional la percepción, en su caso,
de otras subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones
públicas o entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que
demande la Dirección General de Digitalización Regional de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.
Miércoles 29 de enero de 2025
6021
S
in perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero
que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Asimismo, el Ayuntamiento de Valdehornillos deberá aportar declaración o certificado en
el que se indique el responsable de la custodia de los dispositivos adquiridos en el CRALAB.
E
l incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación
insuficiente de la misma llevará aparejada la revocación total o parcial de la subvención
concedida y el correspondiente reintegro en las condiciones previstas en el artículo 43
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Dentro del límite del importe total de la subvención, podrán admitirse variaciones del importe
asignado a cada uno de los distintos conceptos.
Noveno. Obligaciones del beneficiario,
El Ayuntamiento de Valdehornillos asumirá con carácter general las siguientes obligaciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la resolución,
pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la resolución, el Ayuntamiento de
Valdehornillos debe acreditar nuevamente con carácter previo al pago, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del
Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que
el beneficiario no autorice expresamente su consentimiento para obtener de oficio los
datos y documentos requeridos, quedará obligado a aportar la referida documentación.
c) Comunicar a la Dirección General de Digitalización Regional la percepción, en su caso,
de otras subvenciones concedidas para la misma finalidad por otras Administraciones
públicas o entes públicos o privados.
d) Facilitar la información relativa a la gestión de las actividades subvencionables que
demande la Dirección General de Digitalización Regional de la Consejería de Economía,
Empleo y Transformación Digital.