Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Subvenciones. (2025060200)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se concede una subvención directa al Ayuntamiento de Losar de la Vera para la puesta en marcha de un espacio colaborativo de trabajo, formación, y emprendimiento rural en la Comarca de la Vera, denominado "Espacio A Vera Coworking" en la anualidad 2024.
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025
6004
asociada la retención del IRPF deberán aportar la documentación acreditativa de las
retenciones y pagos de las mismas a la Agencia Tributaria.
L
os pagos deberán acreditarse mediante justificante bancario de la transferencia o el
movimiento bancario efectuado a favor del proveedor con el detalle del concepto, y
la cantidad abonada. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá
remitir un desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento
de gasto en cuestión.
S
in perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23
de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Asimismo, el Ayuntamiento de Losar de la Vera deberá aportar declaración o certificado en el que se indique el responsable de la custodia de los dispositivos adquiridos
en el espacio de coworking.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejada la revocación total o parcial de la subvención concedida
y el correspondiente reintegro en las condiciones previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo.
Dentro del límite del importe total de la subvención, podrán admitirse variaciones del importe
asignado a cada uno de los distintos conceptos.
Noveno. Obligaciones del beneficiario.
El Ayuntamiento de Losar de la Vera asumirá con carácter general las siguientes obligaciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la resolución,
pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la resolución, el Ayuntamiento de
Losar de la Vera debe acreditar nuevamente con carácter previo al pago, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del
Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que
Miércoles 29 de enero de 2025
6004
asociada la retención del IRPF deberán aportar la documentación acreditativa de las
retenciones y pagos de las mismas a la Agencia Tributaria.
L
os pagos deberán acreditarse mediante justificante bancario de la transferencia o el
movimiento bancario efectuado a favor del proveedor con el detalle del concepto, y
la cantidad abonada. En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá
remitir un desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento
de gasto en cuestión.
S
in perjuicio de lo anterior la actuación subvencionada estará sujeta al control financiero que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 6/2011 de 23
de marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Asimismo, el Ayuntamiento de Losar de la Vera deberá aportar declaración o certificado en el que se indique el responsable de la custodia de los dispositivos adquiridos
en el espacio de coworking.
El incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención o la justificación insuficiente de la misma llevará aparejada la revocación total o parcial de la subvención concedida
y el correspondiente reintegro en las condiciones previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo.
Dentro del límite del importe total de la subvención, podrán admitirse variaciones del importe
asignado a cada uno de los distintos conceptos.
Noveno. Obligaciones del beneficiario.
El Ayuntamiento de Losar de la Vera asumirá con carácter general las siguientes obligaciones
previstas en el artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y específicamente las siguientes:
a) Ejecutar las actuaciones subvencionables, en los términos establecidos en la resolución,
pudiendo contratar con terceros dicha ejecución, ajustándose, en su caso, a los requisitos previstos en el apartado 3 del artículo 36 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Aun habiendo sido acreditado con carácter previo a la resolución, el Ayuntamiento de
Losar de la Vera debe acreditar nuevamente con carácter previo al pago, que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda del
Estado, la Hacienda autonómica y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de que