Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060189)
Resolución de 22 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (actual Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes) de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino "Mérida Arqueológica, Natural e Inteligente", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 19
Miércoles 29 de enero de 2025

5834

1. L
 a Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, como entidad responsable de PT de Extremadura, a través de la Dirección General de Turismo, procederá a la justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos correspondientes, antes de finalizar el
segundo trimestre de 2026, a la Secretaría de Estado de Turismo, en todo caso.
2. P
 ara la justificación del PSTD, el Ayuntamiento de Mérida, semestralmente, dará cuenta a
la Dirección General de Turismo de las actuaciones realizadas, el cumplimiento de los objetivos alcanzados y una memoria económica, especificándose el porcentaje realizado, con
una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación
deberá realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo IX), en la que se deberá incluir,
bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro
documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dichos fondos y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos y pagos
realizados.
3. D
 eberá acreditarse en la justificación final, que se presentará, inexcusablemente, por la
entidad local ante la Dirección General de Turismo, hasta el 31 de mayo de 2026, la aplicación final de los fondos y sus importes.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará
a lo dispuesto en la cláusula decimoquinta, sobre incumplimiento y reintegro.
4. C
 on la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos:
— Que los gastos realizados y pagados imputables, corresponden a gastos exclusivos de la
misma.
— Que los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que se
otorgaron los fondos europeos.