Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024063990)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental integrada a una industria de conservas vegetales ultracongeladas, titularidad de Ulbasa, SA, ubicada en término municipal de La Albuera. Expte.: AAI23/009.
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NÚMERO 240
Jueves 12 de diciembre de 2024



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8. Este informe no faculta por sí solo para ejecutar obras en zonas sujetas a algún tipo
de limitación en su destino o uso con la aplicación de la normativa vigente; por lo que
el TA habrá de obtener, en su caso, las pertinentes autorizaciones de los organismos
competentes de la Administración correspondiente. En todo caso, la autorización de
vertido no exime de cualquier otra que sea necesaria conforme a otras leyes para la
actividad o instalación de que se trate.



9. La autorización de vertido podrá ser revocada por incumplimiento de cualquiera de
sus condiciones.

10. El otorgamiento de esta autorización comportará la anulación de la autorización
otorgada mediante resolución del Presidente de esta Confederación Hidrográfica del
Guadiana, OA, de fecha 21 de octubre de 2021 (expediente VI-015/10-BA REV1).
El incumplimiento de las referidas condiciones podrá ser considerado infracción administrativa de acuerdo con lo previsto en el artículo 315 y siguientes del RDPH, siendo de aplicación las sanciones y determinaciones a que se refiere el título V del citado Reglamento.
Examinado y conforme
El Jefe de Área de
Calidad de las Aguas

El Presidente del Organismo
PD (Resolución de 18/05/2018 de CHG
(BOE n.º 132, de 31/05/2018)
La Comisaria de aguas,

Óscar Basago González

María Hayas López”

3. Los cubetos de retención de fugas de los diferentes depósitos deberán ser estancos e impermeables y cumplir con la normativa de ordenación industrial. En ningún caso deberá
tener conexión a red de saneamiento alguna.
d) Medidas de protección y control de la contaminación de suelos.
1. Deberá mantener las instalaciones y equipos en condiciones óptimas, que eviten su deterioro y la generación de vertidos que puedan constituir un riesgo para la contaminación
del suelo. Igualmente, se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto 656/2017, de 23 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y
sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10.
2. En el plazo de 5 años desde que sea efectiva la AAI, el titular de la instalación industrial
deberá presentar un informe de situación, actualizando la información suministrada de