Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061958)
Resolución de 30 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de casa rural, cuyo promotor es Emilio Muñoz Casero, en el término municipal de Aldeanueva de la Vera. Expte.: IA23/1298.
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NÚMERO 111
Lunes 10 de junio de 2024
29298
proyecto serán de poca entidad, así como por la demolición de la caseta existente,
que también será poco significativo. Los impactos producidos sobre el suelo en la
fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por las instalaciones, así como
posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas, estas afecciones no deberían ser significativas.
—
Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación acústica, principalmente durante la fase de obras.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de fauna protegida, y dadas las características del ámbito de
aplicación del proyecto se considera un impacto sobre dicho factor poco significativo.
— Vegetación.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de flora protegida ni la existencia de hábitats naturales de
interés comunitario, y dadas las características del ámbito de aplicación del proyecto
y que se respetan los árboles existentes, se considera un impacto sobre dicho factor
poco significativo.
—
Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación
puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona
donde se realizarán las obras. Asimismo, el paisaje está ya alterado por los cultivos
y por la presencia de una edificación ya existente.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Sobre la calidad del aire y el ruido, el mayor impacto se producirá durante la fase de
construcción, por la maquinaria, movimientos de tierras y acciones constructivas,
que desaparecerá cuando concluyan las obras. Durante la fase operativa, se producirá este tipo de afección sobre todo vinculada al tránsito de personas y vehículos. Se
considera que esta afección será poco significativa, no obstante, se aplican medidas
para evitarlo y/o minimizarlo.
— Patrimonio Arqueológico y dominio público.
No hay constancia de que exista afección sobre el patrimonio arqueológico conocido.
En todo caso, será de estricto cumplimiento la medida contemplada en el artículo 54
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, relativa a los hallazgos casuales.
Lunes 10 de junio de 2024
29298
proyecto serán de poca entidad, así como por la demolición de la caseta existente,
que también será poco significativo. Los impactos producidos sobre el suelo en la
fase de funcionamiento serán la ocupación del mismo por las instalaciones, así como
posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas, estas afecciones no deberían ser significativas.
—
Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación acústica, principalmente durante la fase de obras.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de fauna protegida, y dadas las características del ámbito de
aplicación del proyecto se considera un impacto sobre dicho factor poco significativo.
— Vegetación.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, no ha puesto de
manifiesto la existencia de flora protegida ni la existencia de hábitats naturales de
interés comunitario, y dadas las características del ámbito de aplicación del proyecto
y que se respetan los árboles existentes, se considera un impacto sobre dicho factor
poco significativo.
—
Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación
puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona
donde se realizarán las obras. Asimismo, el paisaje está ya alterado por los cultivos
y por la presencia de una edificación ya existente.
— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Sobre la calidad del aire y el ruido, el mayor impacto se producirá durante la fase de
construcción, por la maquinaria, movimientos de tierras y acciones constructivas,
que desaparecerá cuando concluyan las obras. Durante la fase operativa, se producirá este tipo de afección sobre todo vinculada al tránsito de personas y vehículos. Se
considera que esta afección será poco significativa, no obstante, se aplican medidas
para evitarlo y/o minimizarlo.
— Patrimonio Arqueológico y dominio público.
No hay constancia de que exista afección sobre el patrimonio arqueológico conocido.
En todo caso, será de estricto cumplimiento la medida contemplada en el artículo 54
de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, relativa a los hallazgos casuales.