Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024061618)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 19 y 29 años correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024

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6. E
 l órgano gestor de la ayuda recabará de oficio los datos relativos a hallarse al corriente
con sus obligaciones fiscales y tributarias con el Estado, con la seguridad social y no tener
deudas con la Hacienda Autonómica cuando se autorice expresamente marcando la casilla
correspondiente en el anexo I. En caso de no autorizarse deberá aportar los correspondientes certificados que acrediten estos extremos.
7. Si del examen de la documentación del expediente se comprueba que ésta no reúne los
requisitos necesarios o no aporta la totalidad de la documentación exigida, se requerirá a
la interesada para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente
al de la notificación, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Si así no
lo hiciere, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con lo prevenido en el
artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo.
Séptimo. Órganos competentes en la ordenación, instrucción y resolución, plazo de
resolución y notificación.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde
al Servicio de Intermediación, Orientación y Evaluación, adscrito a la Dirección General de
Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo. La resolución corresponderá a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo.
2. C
 on carácter previo a la resolución definitiva, la Comisión de Valoración hará pública una
propuesta provisional con las puntuaciones de todos los expedientes presentados y no
desistidos y dará un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones a las
mencionadas puntuaciones previamente a la elaboración de la propuesta definitiva. La
propuesta provisional se publicará en la web extremaduratrabaja.juntaex.es o página que
la sustituya.
3. De conformidad con lo previsto en el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de
racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, no habiéndose acreditado
en el expediente razones imperiosas de interés general, el plazo máximo para resolver y
notificar la resolución será de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
4. L
 a resolución del procedimiento de concesión de subvenciones se notificará individualmente a los interesados, de conformidad con lo establecido en los artículos 40 y 41 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.