Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063917)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Alojamiento de turismo rural", cuya promotora es Lucía Herrero de la Fuente, en el término municipal de Eljas (Cáceres). Expte.: IA22/1854.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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• Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, y modificaciones posteriores.



• Ley 5/2004, de 24 de junio, de prevención y lucha contra los incendios forestales en
Extremadura.



• Decreto 260/2014, de 2 de diciembre, por el que se regula la Prevención de los Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura.



• Decreto 132/2022, de 26 de octubre, por el que se aprueba el Plan de Lucha contra
Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX).



• Las diferentes Órdenes anuales de declaración de peligro (bajo, medio, alto), en función de las condiciones meteorológicas.



• Orden de 24 de octubre de 2016, Técnica del Plan de Prevención de Incendios Forestales en la Comunidad Autónoma de Extremadura (PREIFEX).

• Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía
circular.


• Real Decreto-ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes
en materia de incendios forestales.
Además, informa que, la parcela 253 del polígono 3, del término municipal de Eljas se encuentra en Zona de Alto Riesgo Gata en materia de prevención de incendios
forestales.
Uno de los aspectos que más pueden modificar el desarrollo de la extinción de los incendios forestales es la presencia de bienes no forestales y personas en el entorno forestal.
Esto implica una priorización de medios atendiendo a este tipo de ubicaciones mientras
que existe una merma en el incendio forestal propiamente dicho. Así mismo, el informe
indica las medidas preventivas a tener en cuenta, que se incluirán en este informe de
impacto ambiental y que hay registro de incendios en los últimos 30 años en la parcela
de referencia.

— El Servicio de Ordenación y Gestión Forestal informa que se considera que la ejecución
de las actividades previstas para la construcción de la casa rural supondría una leve
afección al medio forestal debido a que en la zona donde se ha proyectado y según el
proyecto presentado, se indica que sólo afectaría a 3 pies de olivos decrépitos y no es
una especie forestal. Además, el recinto en que se construiría no es de uso forestal, sino
olivar (OV).