Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063917)
Resolución de 13 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Alojamiento de turismo rural", cuya promotora es Lucía Herrero de la Fuente, en el término municipal de Eljas (Cáceres). Expte.: IA22/1854.
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NÚMERO 223
Martes 21 de noviembre de 2023

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la Vega” para Oxygastra curtisii. Se considera que el proyecto, con la aplicación de las
medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de causar de forma significativa
degradaciones sobre los hábitats ni alteraciones sobre las especies por las que se han
declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del presente informe, y que resulta
compatible con los planes de protección vigentes de las especies presentes. Informa
favorablemente la actividad solicitada ya que, no es susceptible de afectar de forma
apreciable, a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las
medidas indicadas.
— La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural informa que, revisada la carta arqueológica y dadas las características de la obra, se recomienda que, durante la fase de ejecución de las obras, como medida preventiva de cara a la protección
del patrimonio arqueológico no detectado, se aplique lo establecido en el articulo 54 de
la Ley 2/1999 de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura: “Si durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, el promotor y/o la
dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las
medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su descubrimiento
en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
— El Servicio de Ordenación del Territorio de la entonces Dirección General de Urbanismo y
Ordenación del Territorio, indica que, en el término municipal de Eljas se encuentra en el
ámbito de aplicación del Plan Territorial de Sierra de Gata (PTSG), aprobado definitivamente por el Decreto 63/2017, de 16 de mayo, por el que se aprueba definitivamente el
Plan Territorial de la Sierra de Gata (DOE n.º 96 de 22-5-2017) y que no existe ningún
Proyecto de Interés Regional en vigor afectado o que afecte a los terrenos afectados
por el Proyecto. La ubicación exacta de la edificación objeto del proyecto, deducida del
plano adjunto al documento ambiental, sería en la parte de la parcela perteneciente a
la zona “Corredores Ecológicos Fluviales”. Al ser la distancia de la edificación respecto
al cauce mayor de 50 metros, no son de aplicación las condiciones de no permeabilidad
de la edificación del artículo 46.3 del PTSG, por ello, no existen incompatibilidades en
este aspecto. Además, la altura a cumbrera de la edificación no supera los 3,55 metros,
al ser esta altura inferior a 7 metros, es compatible con el PTSG. Se observa que existe
compatibilidad del Proyecto con el Plan Territorial de Sierra de Gata, y por ello con el
planeamiento territorial de Extremadura.
— El Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales informa sobre la normativa
específica de incendios forestales:


• Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y modificaciones posteriores.