Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. (2023063914)
Resolución de 15 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se convoca concurso de traslados de personal funcionario docente de los cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en sectores singulares de la Formación Profesional Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Músicas y Artes Escénicas, Catedráticos y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros.
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NÚMERO 220
Jueves 16 de noviembre de 2023
58181
aporte vía telemática la documentación requerida. En caso de no subsanarlo en el plazo
indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Las personas interesadas deberán presentar vía telemática dichas reclamaciones y/o
subsanaciones mediante los modelos disponibles en la dirección de internet
http:profex.educarex.es habilitada al efecto por la Dirección General de Personal Docente. La presentación se efectuará según las instrucciones publicadas en el portal del
docente referido; para ello deberán poseer certificado digital. Una vez se haya accedido
a la plataforma, se procederá a la cumplimentación de la solicitud según las instrucciones disponibles en dicha página.
Todas las solicitudes de subsanación y reclamación deberán ser cumplimentadas en la
citada dirección de internet, no siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio.
Si la persona interesada cumplimenta vía telemática varias solicitudes, se tendrá en
cuenta la última de ellas cumplimentada.
Una vez cumplimentados tales trámites y descargado para la persona interesada el
justificante del envío se dará por finalizado el procedimiento, no debiéndose presentar
en registro alguno.
16.4. Una vez estudiadas las reclamaciones y subsanaciones presentadas, se elevarán a
definitivas las listas provisionales por resolución de la Dirección General de Personal
Docente. La resolución de las reclamaciones se entenderá efectuada con la publicación
de las listas definitivas.
Además de lo anterior, se publicará la relación de las reclamaciones presentadas, con
indicación de si han sido estimadas o desestimadas, y en este último supuesto consignando el motivo de la desestimación.
De conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la resolución por la que se aprueben las listas definitivas las personas interesadas podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Si como consecuencia de tales recursos, se comprobara que existen errores en la baremación de los méritos, se procederá a su subsanación, entendiéndose realizada la
Jueves 16 de noviembre de 2023
58181
aporte vía telemática la documentación requerida. En caso de no subsanarlo en el plazo
indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Las personas interesadas deberán presentar vía telemática dichas reclamaciones y/o
subsanaciones mediante los modelos disponibles en la dirección de internet
http:profex.educarex.es habilitada al efecto por la Dirección General de Personal Docente. La presentación se efectuará según las instrucciones publicadas en el portal del
docente referido; para ello deberán poseer certificado digital. Una vez se haya accedido
a la plataforma, se procederá a la cumplimentación de la solicitud según las instrucciones disponibles en dicha página.
Todas las solicitudes de subsanación y reclamación deberán ser cumplimentadas en la
citada dirección de internet, no siendo válidas aquellas que no lo sean por este medio.
Si la persona interesada cumplimenta vía telemática varias solicitudes, se tendrá en
cuenta la última de ellas cumplimentada.
Una vez cumplimentados tales trámites y descargado para la persona interesada el
justificante del envío se dará por finalizado el procedimiento, no debiéndose presentar
en registro alguno.
16.4. Una vez estudiadas las reclamaciones y subsanaciones presentadas, se elevarán a
definitivas las listas provisionales por resolución de la Dirección General de Personal
Docente. La resolución de las reclamaciones se entenderá efectuada con la publicación
de las listas definitivas.
Además de lo anterior, se publicará la relación de las reclamaciones presentadas, con
indicación de si han sido estimadas o desestimadas, y en este último supuesto consignando el motivo de la desestimación.
De conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
contra la resolución por la que se aprueben las listas definitivas las personas interesadas podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente en el plazo de un mes, o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, así como cualquier otro recurso que estimen procedente.
Si como consecuencia de tales recursos, se comprobara que existen errores en la baremación de los méritos, se procederá a su subsanación, entendiéndose realizada la