Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063741)
Resolución de 24 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Transformación en riego por goteo de 34,1512 ha de viñedos en las fincas "Moñito Grande" y "La Corchuela", mediante concesión de aguas superficiales", cuyo promotor es D. Diego María Sánchez Zambrano, en el término municipal de Badajoz. Expte.: IA21/1248.
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NÚMERO 213
Martes 7 de noviembre de 2023



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5. S
 e restituirá la totalidad de los terrenos afectados por las obras, así como sus zonas
e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto, así
como evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán
quedar, bajo ningún concepto, acúmulos de materiales, como plásticos, hormigón,
tierras, etc., debiendo proceder a depositarlos según la legislación correspondiente.



6. L
 as construcciones deberán integrarse paisajísticamente mediante el empleo de materiales acordes al entorno, con una tipología de construcción rural tradicional y
evitando el uso de materiales reflectantes, colores vivos o brillantes en cubierta o
paramentos exteriores.



7. N
 o podrán verse afectados, en caso de existir, los elementos estructurales del paisaje
agrario de interés para la biodiversidad (linderos de piedra y de vegetación, muros
de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.).

4.3. Medidas en la fase de explotación.


1. E
 l agua con destino a riego de la superficie solicitada sólo deberá proceder de la
captación de aguas superficiales indicada en el documento ambiental aportado. En
ningún caso se realizarán detracciones de agua de captaciones adicionales, sean
superficiales o subterráneas, para el riego.



2. S
 e instalará un filtro con una luz de poro de 15 mm de diámetro máximo en la arqueta o boca del tubo que capta el agua, con el objetivo de impedir que la fauna acuática
sea succionada. Esta medida debe ser comprobada su cumplimiento.



3. E
 n fase de explotación, si se generaran restos vegetales (podas, desbroces, restos
vegetales, etc.) se recomienda su eliminación in situ mediante su triturado, facilitando su incorporación al suelo. En todo caso, no se recomienda la quema de restos y
si ésta fuera imprescindible, se deberán tomar las medidas necesarias para evitar la
aparición y propagación de posibles incendios, adoptando las medidas establecidas
en el Plan INFOEX, y en particular en las Órdenes anuales por las que se declara la
época de riesgo medio o alto de incendios.



4. E
 l grupo electrógeno se instalará en el interior de un cubeto de retención impermeabilizado, al objeto de recoger las posibles fugas accidentales de combustible y/o
lubricante.



5. S
 e evitará el uso de fitosanitarios en una banda de 10 m junto a la vegetación de
ribera anexa a la zona de actuación.