Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023063735)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación avícola, cuyo titular es Elías Serrano Ruiz, en el término municipal de Zorita.
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NÚMERO 211
Viernes 3 de noviembre de 2023

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filtraciones desde los sistemas de almacenamiento de aguas residuales y de estiércoles.
Se planteará, junto con la localización de los puntos de muestreo, la periodicidad de los
controles analíticos precisos para estudiar la evolución de la calidad de las aguas y la no
afección de éstas debido al ejercicio de la actividad.
7. E
 valuación del funcionamiento del sistema de almacenamiento de estiércoles y aguas de
limpieza de las naves, donde deberá registrarse y controlar:
– El nivel de llenado de las balsas.
– La existencia de fugas.
Mejores Técnicas Disponibles (MTDs):
8. E
 l titular de la explotación comunicará a la autoridad competente de la comunidad autónoma las Mejores Técnicas Disponibles, empleadas para la reducción de emisiones de gases
contaminantes y de gases de efecto invernadero durante el año anterior, con arreglo a los
plazos establecidos en el apartado 2.f) de la disposición final séptima del Real Decreto
637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de
las granjas avícolas. Posteriormente deberán presentar anualmente, antes del 1 de marzo
de cada año, una declaración anual de las mejores técnicas disponibles aplicadas en su explotación durante el año anterior, siempre que se hayan incorporado nuevas o modificado
las existentes, conforme a lo que establece el artículo 13 del Real Decreto 637/2021, en el
formato que determine la autoridad competente de la comunidad autónoma.
9. L
 os requisitos relativos a la comunicación de las mejores técnicas disponibles que establece
el apartado 3 del artículo 13 del Real Decreto 637/2021, así como los requisitos relativos
al registro y contabilización de emisiones y mejores técnicas disponibles que establece el
artículo 13, entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2022.
- i - Prescripciones finales.
1. S
 egún el artículo 17 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la autorización ambiental unificada objeto de la presente resolución tendrá una vigencia indefinida, sin perjuicio de la necesidad de obtener
o renovar las diversas autorizaciones sectoriales que sean pertinentes para el ejercicio de
la actividad en los periodos establecidos en esta ley y en la normativa reguladora vigente.
2. E
 l titular de la instalación deberá comunicar a la Dirección General de Sostenibilidad cualquier modificación que se proponga realizar en la misma según se establece en el artículo
20 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.