Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023063672)
Resolución de 19 de octubre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Construcción de alojamiento turístico y cuadra de caballos", cuyo promotor es D. Luis Largo Álvarez, en el término municipal de Aldea del Cano (Cáceres). Expte.: IA22/1242.
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NÚMERO 209
Martes 31 de octubre de 2023
55320
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por el promotor, la
red de saneamiento estará conectada a fosa séptica con filtro biológico, quedando
prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización
del organismo de cuenca.
— Las cuadras deberán estar debidamente impermeabilizadas y en caso de que se
apliquen aguas de limpieza deberán conducirse hacia el sistema de saneamiento
empleado. O que la limpieza de las cuadras se realice en seco.
— El estercolero deberá ser completamente impermeable y adecuadamente dimensionado. Se realizará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan
a la fosa de recogida. El estercolero se cubrirá mediante la construcción de un cobertizo o mediante una cubierta flexible (plástico) que impida el acceso de pluviales
a su interior.
— El estiércol deberá ser retirado por gestor autorizado. No obstante, en el supuesto de
que se pretenda emplear para abono deberá cumplir con las especificaciones que al
respecto regula la Comunidad Autónoma y lo recogido en la normativa que designa
como zonas vulnerables todas aquellas superficies del territorio cuya escorrentía
contribuya a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.
— Al objeto de reducir la situación especialmente desfavorable frente a un incendio forestal, se deberá llevar a cabo la reducción o eliminación de la vegetación inflamable
en el entorno de las instalaciones, equipamientos y edificaciones, con una distancia
mínima de la vegetación a las edificaciones de 3 m (en suelo y vuelo), siendo muy
importante el mantenimiento anual de dichas medidas de prevención, y disponer
de rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de confinamiento
seguro. Además, se recomienda que, la vegetación que se introduzca en la parcela
no sea de alta inflamabilidad, como la del género Cupressus y Pinus. Las zonas de
aparcamiento deben de estar en suelo mineral, con un perímetro de 3 metros a cualquier vegetación. No obstaculizar los caminos y entradas. El mobiliario exterior, se
debe evitar que sea de materiales inflamables.
— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de
bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y
las molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.
Martes 31 de octubre de 2023
55320
— Gestión de aguas residuales. Según la documentación aportada por el promotor, la
red de saneamiento estará conectada a fosa séptica con filtro biológico, quedando
prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización
del organismo de cuenca.
— Las cuadras deberán estar debidamente impermeabilizadas y en caso de que se
apliquen aguas de limpieza deberán conducirse hacia el sistema de saneamiento
empleado. O que la limpieza de las cuadras se realice en seco.
— El estercolero deberá ser completamente impermeable y adecuadamente dimensionado. Se realizará con pendiente para que los lixiviados que se produzcan se dirijan
a la fosa de recogida. El estercolero se cubrirá mediante la construcción de un cobertizo o mediante una cubierta flexible (plástico) que impida el acceso de pluviales
a su interior.
— El estiércol deberá ser retirado por gestor autorizado. No obstante, en el supuesto de
que se pretenda emplear para abono deberá cumplir con las especificaciones que al
respecto regula la Comunidad Autónoma y lo recogido en la normativa que designa
como zonas vulnerables todas aquellas superficies del territorio cuya escorrentía
contribuya a la contaminación por nitratos procedentes de fuentes agrarias.
— Al objeto de reducir la situación especialmente desfavorable frente a un incendio forestal, se deberá llevar a cabo la reducción o eliminación de la vegetación inflamable
en el entorno de las instalaciones, equipamientos y edificaciones, con una distancia
mínima de la vegetación a las edificaciones de 3 m (en suelo y vuelo), siendo muy
importante el mantenimiento anual de dichas medidas de prevención, y disponer
de rutas de evacuación alternativas al acceso principal u opciones de confinamiento
seguro. Además, se recomienda que, la vegetación que se introduzca en la parcela
no sea de alta inflamabilidad, como la del género Cupressus y Pinus. Las zonas de
aparcamiento deben de estar en suelo mineral, con un perímetro de 3 metros a cualquier vegetación. No obstaculizar los caminos y entradas. El mobiliario exterior, se
debe evitar que sea de materiales inflamables.
— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de
bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y
las molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.