Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Colegios Profesionales. Estatutos. (2023062396)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Vicepresidenta Primera y Consejera, sobre la legalidad de la modificación de los Estatutos del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres -adaptados a la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, conforme a las modificaciones introducidas por la Ley 4/2020, de 18 de noviembre-, la inscripción de la misma en el Registro de Colegios Profesionales y Consejo de Colegios Profesionales de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 118

39084

Miércoles 21 de junio de 2023

ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE
TRABAJO SOCIAL DE CÁCERES
TÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Naturaleza jurídica.
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres, es la nueva denominación que en lo sucesivo
tendrá el actual Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Cáceres, constituido como una Corporación de Derecho Público de carácter representativo de la
profesión de Trabajo Social, amparada por la Ley y reconocida por el Estado, con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Artículo 2. Composición.
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres integrará, en su ámbito territorial, a quienes
posean la Titulación de Diplomado Universitario en Trabajo Social, Asistentes Sociales y Graduados en Trabajo Social, la incorporación al Colegio para el ejercicio de la profesión se efectuará en los términos que establezca la Ley.
Artículo 3. Ámbito territorial.
1. E
 l Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres circunscribe su ámbito territorial de forma
exclusiva a la provincia de Cáceres.
2. L
 a sede/domicilio social del Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres se encuentra en
Cáceres, en la calle Gil Cordero número 15, piso 1.º - CP 10.001.
Artículo 4. Relaciones con la administración.
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres se relacionará directamente con las Administraciones Públicas radicadas en la provincia de Cáceres y especialmente con la Administración
Autonómica de Extremadura a través de la Consejería competente en materia de Colegios
Profesionales para las cuestiones relativas a aspectos corporativos e institucionales; y para
las cuestiones de índole profesional con las Consejerías Autonómicas competentes por razón
de la materia.
Artículo 5. Normativa reguladora.
El Colegio Oficial de Trabajo Social de Cáceres se regirá por los Estatutos Generales, y por los
Estatutos Particulares y Reglamento de Régimen Interior que se aprueben, así como por los