Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062301)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de "Planta de biomasa de 49,9 MWe", cuyo promotor es Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU. Expte.: IA20/0492.
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NÚMERO 116
Lunes 19 de junio de 2023
38430
El documento Proyecto Constructivo Planta de Biomasa Extremadura I de 25/01/2023, se
indica que el caudal máximo anual necesario para abastecimiento de la planta de biomasa
asciende a 2.362.400 m3/año. Ahora bien, con fecha 13/02/2023, el promotor remitió a
este Organismo escrito indicando que se trata de una errata, siendo el volumen necesario
2.048.000 m3/año. El recurso provendrá del embalse del río Ruecas.
Según los datos obrantes en este Organismo de cuenca, el promotor solicitó, con fecha
02-09-2021, una concesión de aguas superficiales del embalse del río Ruecas para uso
industrial de la planta de biomasa objeto de consulta. El volumen solicitado asciende a
2.048.000 m3/año. Expediente CONC 57/2021 (1799/2021).
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud concesión de aguas superficiales.
Infraestructuras de titularidad de este Organismo de cuenca.
Con fecha 24 de marzo de 2023 la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana informa favorablemente el proyecto de la planta de biomasa, siempre y cuando
se tengan en cuenta una serie de consideraciones.
Vertidos al DPH.
Con fecha 2 de mayo de 2023, el Área de Calidad de las Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadiana informa que el vertido solicitado puede ser viable, siempre y cuando
el mismo se realice cumpliendo con las características y adoptando las medidas correctoras
que se establecen en las siguientes condiciones con objeto de no comprometer la consecución de los objetivos medioambientales en la masa de agua superficial “Río Cubilar II”;
por lo que, en lo que se refiere al vertido de aguas residuales depuradas procedentes de la
planta de producción de energía eléctrica a partir de biomasa de 49,9 MWe promovida en
las parcelas 21 y 6 del polígono 11 del Catastro Parcelario de Logrosán, al arroyo Carbonilla, se podría modificar la autorización ambiental integrada otorgada a Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, con arreglo al texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, al Reglamento de emisiones industriales y desarrollo de la Ley de prevención
y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18
de octubre, al texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, al Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH),
aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a las demás disposiciones normativas concordantes o complementarias, y a las siguientes condiciones.
Lunes 19 de junio de 2023
38430
El documento Proyecto Constructivo Planta de Biomasa Extremadura I de 25/01/2023, se
indica que el caudal máximo anual necesario para abastecimiento de la planta de biomasa
asciende a 2.362.400 m3/año. Ahora bien, con fecha 13/02/2023, el promotor remitió a
este Organismo escrito indicando que se trata de una errata, siendo el volumen necesario
2.048.000 m3/año. El recurso provendrá del embalse del río Ruecas.
Según los datos obrantes en este Organismo de cuenca, el promotor solicitó, con fecha
02-09-2021, una concesión de aguas superficiales del embalse del río Ruecas para uso
industrial de la planta de biomasa objeto de consulta. El volumen solicitado asciende a
2.048.000 m3/año. Expediente CONC 57/2021 (1799/2021).
En cualquier caso, se estaría a lo dispuesto en la correspondiente resolución sobre la tramitación de la solicitud concesión de aguas superficiales.
Infraestructuras de titularidad de este Organismo de cuenca.
Con fecha 24 de marzo de 2023 la Dirección Técnica de la Confederación Hidrográfica del
Guadiana informa favorablemente el proyecto de la planta de biomasa, siempre y cuando
se tengan en cuenta una serie de consideraciones.
Vertidos al DPH.
Con fecha 2 de mayo de 2023, el Área de Calidad de las Aguas de la Confederación Hidrográfica del Guadiana informa que el vertido solicitado puede ser viable, siempre y cuando
el mismo se realice cumpliendo con las características y adoptando las medidas correctoras
que se establecen en las siguientes condiciones con objeto de no comprometer la consecución de los objetivos medioambientales en la masa de agua superficial “Río Cubilar II”;
por lo que, en lo que se refiere al vertido de aguas residuales depuradas procedentes de la
planta de producción de energía eléctrica a partir de biomasa de 49,9 MWe promovida en
las parcelas 21 y 6 del polígono 11 del Catastro Parcelario de Logrosán, al arroyo Carbonilla, se podría modificar la autorización ambiental integrada otorgada a Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SLU, con arreglo al texto refundido de la Ley de prevención y control
integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de
diciembre, al Reglamento de emisiones industriales y desarrollo de la Ley de prevención
y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18
de octubre, al texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), aprobado por el Real Decreto
Legislativo 1/2001, de 20 de julio, al Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RDPH),
aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a las demás disposiciones normativas concordantes o complementarias, y a las siguientes condiciones.