Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0027)
Corrección de errores del Acuerdo de 29 de septiembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación del Plan General Municipal de Malpartida de Plasencia (PGM).
374 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 111
Lunes 12 de junio de 2023

36233

2.

Instrumentos de Gestión: que definen los actos previos a la ejecución material de las actividades
urbanizadoras y edificatorias.

3.

Instrumentos de Ejecución Material, que incluyen los proyectos de obras e instalaciones
pertinentes.

CAPÍTULO 3.2.

INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN.

Artículo 3.2.1.1 CLASIFICACIÓN. [E]
La ordenación del Plan General podrá completarse mediante los siguientes instrumentos de planeamiento:
1.

Planes Especiales de Ordenación: para cualquiera de los fines previstos en la legislación vigente
en materia de ordenación urbanística.

2.

Catálogos de Bienes Protegidos complementarios del Plan General o de los Planes Especiales,
para pormenorizar los elementos urbanos o rurales que por su valor singular deban ser objeto de
especial protección o conservación.

3.

Planes Parciales de Ordenación, para la ordenación detallada del Suelo Urbanizable en el que el
Plan General no hubiera establecido la ordenación detallada; o para la mejora y el complemento
de los sectores en los que sí la hubiera establecido.

4.

Estudios de Detalle, para establecer o, en su caso, reajustar las determinaciones indicadas en la
legislación vigente en materia de ordenación urbanística, sobre manzanas o unidades urbanas
equivalentes. Podrán realizarse Estudios de Detalle fuera de los ámbitos o supuestos concretos
para los que su formulación haya sido prevista expresamente en el Plan General o en planes
parciales o especiales aprobados.

Artículo 3.2.1.2 NORMAS DE PRESENTACIÓN [D]
La documentación de los instrumentos de planeamiento que se presenten ante el Ayuntamiento para su
tramitación se formalizará en soporte digital, debiéndose entregar junto con la edición en papel, un CD o
DVD con los distintos archivos informáticos, con los siguientes formatos:
1.

Formato pdf para la totalidad del documento, incluyendo tanto la parte gráfica como los textos.

2.

Textos del documento en Microsoft Word (doc), junto con los archivos originales de objetos
generados con otras aplicaciones (xls, mdb, shx, cdr, etc.)

3.

Planos en formato vectorial, dwg, dgn o similar, y representados sobre la Cartografía Base Oficial
del Plan General, manteniendo en todo momento las coordenadas de la misma de forma que no
se efectúe desplazamiento alguno de dicha base.

CAPÍTULO 3.3.

GESTIÓN Y EJECUCIÓN DEL PLANEAMIENTO.

SUBCAPÍTULO 3.3.1. DEFINICIÓN Y TIPOS DE ACTUACIÓN.
Artículo 3.3.1.1 UNIDADES DE ACTUACIÓN [E]
La ejecución del planeamiento se realizará siempre por unidades de actuación completas, salvo cuando se
trate de la ejecución de sistemas generales o alguno de sus elementos, y en el caso de actuaciones por
obras públicas ordinarias o actuaciones edificatorias.
Conforme a legislación vigente en materia de ordenación urbanística, el Plan General establece la
delimitación de las Unidades de Actuación a través de su representación gráfica en los Planos de
Ordenación y de su definición en los Títulos 9 y 10 de la presente normativa.
Artículo 3.3.1.2 TIPOS DE ACTUACIÓN. [E]
El Plan General establece distintos tipos de Unidades de Actuación a los efectos de su desarrollo:
1.

Actuaciones Urbanizadoras.