Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023062065)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Cáceres 2020" de 49,89 MWp, e infraestructura de evacuación, en el término municipal de Cáceres. Expte.: IA19/1414.
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023
34122
12. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición
de elementos sobre los mismos.
13. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
en un plazo inferior a 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con
las plantaciones, al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos,
etc., se ejecutarán en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras.
Dichas plantaciones estarán sujetas al seguimiento de su viabilidad y por tanto a
posibles reposiciones de marras posteriores (incluido en el Programa de vigilancia
y seguimiento ambiental).
14. Se instalará una pantalla vegetal, junto al vallado. La pantalla vegetal ocupará una
franja de 5 metros de anchura donde se dejará evolucionar la vegetación de forma
natural y se apoyará con la plantación de especies autóctonas como retama, escoba
blanca, escoba amarilla, majuelos, etc. dispuestas de manera irregular dando aspecto natural y utilizando un marco de plantación suficiente para cumplir su función
de ocultación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de las plantaciones
de la pantalla vegetal, especialmente en la época estival, durante todo el periodo
de explotación de la planta fotovoltaica. La pantalla vegetal deberá estar excluida
del pastoreo.
15. Se llevarán a cabo todas las medidas propuestas en el documento ambiental presentado.
Quinto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido del informe recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del título I de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Contenido de la modificación.
Las modificaciones introducidas en el proyecto son debidas a una ampliación de potencia
en la instalación solar fotovoltaica, mediante la implantación de nuevos módulos fotovoltaicos y baterías, como se detalla a continuación:
Ampliación de la Instalación Solar fotovoltaica. Instalación de módulos fotovoltaicos:
– Se amplía la potencia de la instalación fotovoltaica “Cáceres 2020” 1.012 kWp, para
ello se instalarán 952 módulos de 545 Wp cada uno, y 896 módulos de 550 Wp. Los
módulos fotovoltaicos se montarán sobre seguidores solares del tipo polar horizontal.
Miércoles 31 de mayo de 2023
34122
12. Se respetarán los drenajes naturales del terreno existentes evitando la disposición
de elementos sobre los mismos.
13. Las medidas de integración, restauración y revegetación deberán estar ejecutadas
en un plazo inferior a 6 meses desde la finalización de las obras. En relación con
las plantaciones, al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos,
etc., se ejecutarán en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras.
Dichas plantaciones estarán sujetas al seguimiento de su viabilidad y por tanto a
posibles reposiciones de marras posteriores (incluido en el Programa de vigilancia
y seguimiento ambiental).
14. Se instalará una pantalla vegetal, junto al vallado. La pantalla vegetal ocupará una
franja de 5 metros de anchura donde se dejará evolucionar la vegetación de forma
natural y se apoyará con la plantación de especies autóctonas como retama, escoba
blanca, escoba amarilla, majuelos, etc. dispuestas de manera irregular dando aspecto natural y utilizando un marco de plantación suficiente para cumplir su función
de ocultación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de las plantaciones
de la pantalla vegetal, especialmente en la época estival, durante todo el periodo
de explotación de la planta fotovoltaica. La pantalla vegetal deberá estar excluida
del pastoreo.
15. Se llevarán a cabo todas las medidas propuestas en el documento ambiental presentado.
Quinto. Una vez analizada la documentación obrante en el expediente administrativo, y considerando el contenido del informe recibido, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento de la modificación del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto
ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª, sección 2.ª, capítulo VII del título I de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
• Contenido de la modificación.
Las modificaciones introducidas en el proyecto son debidas a una ampliación de potencia
en la instalación solar fotovoltaica, mediante la implantación de nuevos módulos fotovoltaicos y baterías, como se detalla a continuación:
Ampliación de la Instalación Solar fotovoltaica. Instalación de módulos fotovoltaicos:
– Se amplía la potencia de la instalación fotovoltaica “Cáceres 2020” 1.012 kWp, para
ello se instalarán 952 módulos de 545 Wp cada uno, y 896 módulos de 550 Wp. Los
módulos fotovoltaicos se montarán sobre seguidores solares del tipo polar horizontal.