Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2023040106)
Decreto 63/2023, de 24 de mayo, por el que se modifica el Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 103
Miércoles 31 de mayo de 2023
33954
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea – NextGeneraonEU
ANEXO VI
MODELOS DE DECLARACIÓN
SUBVENCIONES PARA FINANCIACIÓN DE ACTUACIONES EN EL ÁREA
DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DEL PARQUE NACIONAL DE
MONFRAGÜE
A. 1. Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI)
Expediente:
Subvención:
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba
referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y
tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero.
Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE)
establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las
funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o
nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés
personal».
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés
como «cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que
además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el
resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o
personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el
contexto del procedimiento de licitación».
3. Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023,
establece que «El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta
de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras,
ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a
órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de
concesión de subvenciones».
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece
que:
– «A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares o
vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal
o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas a las que se
refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento».
– «Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre
otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el
artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de
datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los
convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores».
Miércoles 31 de mayo de 2023
33954
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia –Financiado por la Unión Europea – NextGeneraonEU
ANEXO VI
MODELOS DE DECLARACIÓN
SUBVENCIONES PARA FINANCIACIÓN DE ACTUACIONES EN EL ÁREA
DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DEL PARQUE NACIONAL DE
MONFRAGÜE
A. 1. Declaración de Ausencia de Conflicto de Interés (DACI)
Expediente:
Subvención:
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba
referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y
tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero.
Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 «Conflicto de intereses», del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE)
establece que «existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las
funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o
nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés
personal».
2. Que el artículo 64 «Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de
intereses» de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que
se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés
como «cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que
además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el
resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o
personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el
contexto del procedimiento de licitación».
3. Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023,
establece que «El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta
de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras,
ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a
órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de
concesión de subvenciones».
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece
que:
– «A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares o
vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal
o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas a las que se
refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento».
– «Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre
otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el
artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de
datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los
convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores».