Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Actividades Taurinas. (2023040084)
Decreto 42/2023, de 3 de mayo, por el que se crean y regulan los Premios Extremadura a la Tauromaquia y la Red de Municipios Taurinos de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de los Premios Extremadura a la Tauromaquia 2023.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023

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Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura,
conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime
oportuno.
Artículo 11. Entrega de los premios.
La resolución de concesión recogerá la fecha y lugar en que tendrá lugar la entrega de los
premios, que se efectuará en un acto público al que se dotará de la trascendencia, solemnidad
y publicidad adecuadas.
Artículo 12. Contenido de los premios.
1. E
 n cualquiera de sus dos categorías y/o modalidades establecidas, los premios consistirán
en un reconocimiento público de la Junta de Extremadura a las personas galardonadas
mediante la entrega de un diploma acreditativo del premio y una escultura o producción
artística representativa del mundo de la tauromaquia en Extremadura y no comportará
dotación económica alguna.
2. S
 u otorgamiento tiene carácter honorífico y no comportará dotación económica. La persona premiada podrá exhibir el premio en membretes, anuncios y distintivos de naturaleza
comercial o promocional y llevar a cabo actuaciones publicitarias del mismo en los medios
de comunicación que considere oportunos, debiendo especificar, en cualquier caso, el año
de concesión del premio.
3. E
 stos premios no supondrán incremento de gasto público, debiendo ser atendidos con cargo a los créditos de la Consejería con competencias en materia de asuntos taurinos.
Artículo 13. Libro de Registro.
La Consejería con competencias en materia de asuntos taurinos o, en general, en materia de
espectáculos públicos creará y gestionará un Libro de Registro de los “Premios Extremadura
de la Tauromaquia”, en el que se harán constar todos los datos relativos a la tramitación y
concesión de estos reconocimientos, los nombres y apellidos de quienes integren el jurado y
los nombres y apellidos o la razón social de las candidaturas presentadas y de las personas y
entidades distinguidas mediante la concesión de los mencionados premios.