Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061398)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 35,5 ha de viñedo en el polígono 83, parcela 108", a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Femagaza, SL. Expte.: IA21/1843.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023
26471
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica que la
actividad solicitada no se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000.
Los valores naturales reconocidos en su Plan de Gestión y/o en la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, especies del anexo I de la
Directiva de Aves 2009/147/CE, hábitats y especies de los anexos I y II de la Directiva
Hábitats 92/43/CEE o especies del anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura Decreto 37/2001, son: Zona de campeo de aves como milano real,
alcaraván, alzacola, …etc.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
No se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y
policía.
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 49.496,09 m3/año
según la documentación aportada por el promotor, proviene de cinco pozos de sondeo.
Con el cumplimiento de una serie de medidas incluidas en este informe y la correcta
tramitación de las autorizaciones pertinentes ante el órgano de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se considera que las alteraciones serian compatibles.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada
y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá
un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.
Lunes 24 de abril de 2023
26471
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica que la
actividad solicitada no se encuentra incluida dentro del lugar de la Red Natura 2000.
Los valores naturales reconocidos en su Plan de Gestión y/o en la Ley 42/2007, de 13
de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, especies del anexo I de la
Directiva de Aves 2009/147/CE, hábitats y especies de los anexos I y II de la Directiva
Hábitats 92/43/CEE o especies del anexo I del Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura Decreto 37/2001, son: Zona de campeo de aves como milano real,
alcaraván, alzacola, …etc.
3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.
No se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y
policía.
El agua necesaria para el riego, cuantificada en una demanda anual de 49.496,09 m3/año
según la documentación aportada por el promotor, proviene de cinco pozos de sondeo.
Con el cumplimiento de una serie de medidas incluidas en este informe y la correcta
tramitación de las autorizaciones pertinentes ante el órgano de cuenca, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, se considera que las alteraciones serian compatibles.
3.3.3. Suelo.
Los principales impactos ambientales generados sobre el suelo en la fase de ejecución
del proyecto se producirán como consecuencia de los movimientos de tierra necesarios
para llevar a cabo la ejecución de las zanjas para instalar la red de riego proyectada
y sus elementos auxiliares. Por otro lado, el propio tránsito de maquinaria producirá
un efecto de compactación de los horizontes superficiales del suelo. Es de esperar que
estos impactos no sean de una magnitud elevada, principalmente debido a la poca pendiente que presenta la zona de actuación. Asimismo, mediante la correcta aplicación de
medidas preventivas y/o correctoras para mitigar estos impactos se reducirá su magnitud de manera aceptable para el medio edáfico. En cuanto a la fase de explotación,
tanto el aporte de nutrientes mediante la aportación de fertilizantes y fitosanitarios
al cultivo, así como la presencia de una plantación agrícola de carácter permanente,
provocarán cambios en las características físico-químicas de los suelos a largo plazo.
Siguiendo las recomendaciones de los manuales de buenas prácticas agrarias, así como
las normas de la condicionalidad establecidas por la Política Agraria Comunitaria, se
estima que estas alteraciones podrían ser compatibles.