Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061398)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 35,5 ha de viñedo en el polígono 83, parcela 108", a ubicar en el término municipal de Badajoz, cuya promotora es Femagaza, SL. Expte.: IA21/1843.
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NÚMERO 77
Lunes 24 de abril de 2023

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de los cultivos y el funcionamiento de los equipos de bombeo, teniendo estos una baja
incidencia sobre el entorno aplicando las correspondientes medidas preventivas y/o
correctoras.


3.3.8. Patrimonio Arqueológico y Dominio Público.

Debido a los movimientos de tierras bajo cota de rasante derivados de las obras proyectadas, es posible la aparición de elementos de interés arqueológico y/o etnográfico
no detectado en superficie que pudiera verse afectado.
Para evitar posibles incidencias sobre el patrimonio arqueológico, se cumplirán todas
las medidas para su protección, incluidas en el presente informe.


3.3.9. Consumo de recursos y cambio climático.

La fase de construcción supondrá un efecto directo, puntual y negativo sobre el cambio
climático, al generarse emisiones durante las diferentes acciones que la conforman.
Tales impactos se producirán a corto plazo y si bien permanecerán de forma temporal,
serán recuperables y reversibles.
Durante la fase de funcionamiento y debido a la implantación del cultivo agrícola, se
generará un impacto positivo y permanente frente al cambio climático, al aumentar la
vegetación fijadora de gases de efecto invernadero.
En cuanto al consumo de recursos, el principal recurso natural consumido como consecuencia de la transformación a regadío pretendida es el agua, alcanzando un consumo
total previsto de 49.496,09 m3/año. Dicha concesión de recursos hídricos depende de
la resolución sobre la tramitación de la solicitud de concesión de aguas subterráneas.


3.3.10. Medio socioeconómico.

El impacto para este medio es positivo por la generación de empleo y de la actividad
económica. Esto contribuirá a fijar población en el entorno de la explotación, que en
Extremadura tiene una importancia vital.


3.3.11. Sinergias.

No se prevé la existencia de efectos sinérgicos. Con el cumplimiento de las medidas
preventivas y correctoras se considera que este impacto será de carácter compatible.


3.3.12. Vulnerabilidad del proyecto. Riesgos de accidentes graves o catástrofes.

Con relación al apartado sobre la vulnerabilidad del proyecto, de conformidad con lo
estipulado en la Ley 9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013,