Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061178)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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NÚMERO 67
22801
Lunes 10 de abril de 2023
perjudique los derechos de los solicitantes y en los términos establecidos en el artículo 39
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente resolución de convocatoria regirá lo dispuesto en el Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de la Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Noveno. Efectos.
La presente resolución de convocatoria surtirá efectos a partir día siguiente al de su publicación y del extracto, a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Décimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el
desarrollo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que
consideren procedente.
Mérida, 30 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
ANTONIA POLO GÓMEZ
22801
Lunes 10 de abril de 2023
perjudique los derechos de los solicitantes y en los términos establecidos en el artículo 39
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Octavo. Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente resolución de convocatoria regirá lo dispuesto en el Decreto
5/2019, de 5 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en
materia de cooperación internacional para el desarrollo; la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de la Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en las demás normas concordantes en
materia de subvenciones públicas.
Noveno. Efectos.
La presente resolución de convocatoria surtirá efectos a partir día siguiente al de su publicación y del extracto, a que se refiere el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, en el Diario Oficial de Extremadura.
Décimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Igualdad y Cooperación para el
desarrollo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sin perjuicio de lo señalado, los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que
consideren procedente.
Mérida, 30 de marzo de 2023.
La Secretaria General,
ANTONIA POLO GÓMEZ