Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061178)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023
22800
ciaria, en su caso, sus socias en agrupación, a la que se concede la subvención, actividad
subvencionada, importe concedido, obligaciones o condiciones impuestas, plazo de ejecución, forma de pago, plazo y forma de justificación y las menciones de identificación y
publicidad, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se motivará con referencia al cumplimiento de las bases reguladoras de la convocatoria
debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la
resolución que se adopte.
3. L
as subvenciones concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa y crédito
presupuestario al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida, la finalidad de la acción y el país en que se llevará a cabo. Serán anotadas en la Base de Datos de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma y remitida, para su publicación en la página web
de la Intervención General de la Administración del Estado, a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Asimismo se deberá publicar en el Portal Electrónico de la Transparencia y
la Participación Ciudadana, según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
4. E
l órgano competente para dictar la resolución será la persona titular de la Dirección de la
AEXCID.
Séptimo. Financiación.
1. E
l crédito destinado a la convocatoria, que se financiará con fondos de la Comunidad
Autónoma (CAG0000001), asciende a la cantidad total de 5.350.455,91 €, imputándose
3.451.790,91 € al ejercicio 2023 y 1.898.665,00 € al ejercicio 2024, con cargo al proyecto
de gastos 20090027 “Acciones para la cooperación internacional para el desarrollo” y con
el siguiente desglose presupuestario y anualidades:
2. A
tendiendo a la importancia, naturaleza y oportunidad de los proyectos presentados, la
cuantía global de estos créditos podrá aumentarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3. T
eniendo en cuenta las limitaciones indicadas en el párrafo anterior, las reservas de crédito inicialmente realizadas en cada una de las aplicaciones presupuestarias podrán ser
objeto de modificación a efectos de distribuir los importes de una partida a otra, mediante
la realización, en su caso, de las correspondientes modificaciones de crédito, sin que se
Lunes 10 de abril de 2023
22800
ciaria, en su caso, sus socias en agrupación, a la que se concede la subvención, actividad
subvencionada, importe concedido, obligaciones o condiciones impuestas, plazo de ejecución, forma de pago, plazo y forma de justificación y las menciones de identificación y
publicidad, de acuerdo con lo previsto en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se motivará con referencia al cumplimiento de las bases reguladoras de la convocatoria
debiendo, en todo caso, quedar acreditados en el procedimiento los fundamentos de la
resolución que se adopte.
3. L
as subvenciones concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, indicándose el programa y crédito
presupuestario al que se imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida, la finalidad de la acción y el país en que se llevará a cabo. Serán anotadas en la Base de Datos de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma y remitida, para su publicación en la página web
de la Intervención General de la Administración del Estado, a la Base de Datos Nacional de
Subvenciones. Asimismo se deberá publicar en el Portal Electrónico de la Transparencia y
la Participación Ciudadana, según se establece en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
4. E
l órgano competente para dictar la resolución será la persona titular de la Dirección de la
AEXCID.
Séptimo. Financiación.
1. E
l crédito destinado a la convocatoria, que se financiará con fondos de la Comunidad
Autónoma (CAG0000001), asciende a la cantidad total de 5.350.455,91 €, imputándose
3.451.790,91 € al ejercicio 2023 y 1.898.665,00 € al ejercicio 2024, con cargo al proyecto
de gastos 20090027 “Acciones para la cooperación internacional para el desarrollo” y con
el siguiente desglose presupuestario y anualidades:
2. A
tendiendo a la importancia, naturaleza y oportunidad de los proyectos presentados, la
cuantía global de estos créditos podrá aumentarse, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.
3. T
eniendo en cuenta las limitaciones indicadas en el párrafo anterior, las reservas de crédito inicialmente realizadas en cada una de las aplicaciones presupuestarias podrán ser
objeto de modificación a efectos de distribuir los importes de una partida a otra, mediante
la realización, en su caso, de las correspondientes modificaciones de crédito, sin que se