Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2023061178)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos de cooperación internacional para el desarrollo tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 67
Lunes 10 de abril de 2023
22798
• En su caso, certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente.
• Documentación que acredite estructura, experiencia y capacidad operativa para lograr
los objetivos propuestos en la intervención presentada. Documentación que acredite
estructura, experiencia y capacidad operativa de la entidad conforme a lo establecido
en el artículo 46.3.c del Decreto 5/2019, de 5 de febrero
4. E
n el caso de solicitudes de agrupaciones de entidades, se deberá presentar acuerdo de
colaboración para agrupaciones de entidades conforme a modelo normalizado (anexo IV).
5. N
o será necesaria la aportación de aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por la entidad solicitante ante cualquier Administración, siempre que se haga
constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y
no hayan sufrido modificación alguna. Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera
recabar los citados documentos, podrá solicitar nuevamente a la entidad solicitante su
aportación.
6. E
l órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los
extremos referidos al requisito de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la
seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Autorización expresa
en la solicitud.
Las entidades que formen parte de una agrupación por su parte deberán expresar mediante
modelo normalizado (anexo VIII) su autorización para recabar de oficio dichos extremos.
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar
certificación expedida por el organismo correspondiente que acredite dichos extremos, que
tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo
que reglamentariamente se establezca otro plazo.
7. L
a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmadas
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de
entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras.
La solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para
su descarga en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/4075?inheritRedirect=true.
A la solicitud se acompañará su respectiva copia en formato digital que corresponda a cada
tipo de archivo (pdf, doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros presupuestarios).
Lunes 10 de abril de 2023
22798
• En su caso, certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente.
• Documentación que acredite estructura, experiencia y capacidad operativa para lograr
los objetivos propuestos en la intervención presentada. Documentación que acredite
estructura, experiencia y capacidad operativa de la entidad conforme a lo establecido
en el artículo 46.3.c del Decreto 5/2019, de 5 de febrero
4. E
n el caso de solicitudes de agrupaciones de entidades, se deberá presentar acuerdo de
colaboración para agrupaciones de entidades conforme a modelo normalizado (anexo IV).
5. N
o será necesaria la aportación de aquellos documentos que hayan sido aportados anteriormente por la entidad solicitante ante cualquier Administración, siempre que se haga
constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron entregados, que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan y
no hayan sufrido modificación alguna. Excepcionalmente, si el órgano gestor no pudiera
recabar los citados documentos, podrá solicitar nuevamente a la entidad solicitante su
aportación.
6. E
l órgano instructor podrá consultar o recabar la información necesaria para comprobar los
extremos referidos al requisito de estar al corriente en las obligaciones tributarias, con la
seguridad social y con la Hacienda Autonómica siempre que conste la Autorización expresa
en la solicitud.
Las entidades que formen parte de una agrupación por su parte deberán expresar mediante
modelo normalizado (anexo VIII) su autorización para recabar de oficio dichos extremos.
En el caso de que las entidades solicitantes, o las entidades que formen parte de una agrupación, no autoricen las consultas referidas en los párrafos anteriores, deberán aportar
certificación expedida por el organismo correspondiente que acredite dichos extremos, que
tendrán validez durante el plazo de seis meses a contar desde la fecha de expedición, salvo
que reglamentariamente se establezca otro plazo.
7. L
a solicitud y el resto de la documentación complementaria que lo precise serán firmadas
por la persona que estatutariamente ostente la representación legal de la entidad e irán
dirigidos al órgano competente para resolver la concesión de ayudas en materia de cooperación internacional para el desarrollo de la AEXCID. En el supuesto de agrupaciones de
entidades, la solicitud será firmada por la representación legal de la agrupación y se acompañará de la documentación prevista en el artículo 4.2 del decreto de bases reguladoras.
La solicitud, así como los formularios vinculados al procedimiento estarán disponibles para
su descarga en el siguiente enlace: https://www.juntaex.es/w/4075?inheritRedirect=true.
A la solicitud se acompañará su respectiva copia en formato digital que corresponda a cada
tipo de archivo (pdf, doc o similar y hoja de cálculo para los cuadros presupuestarios).