Servicio Extremeño Público De Empleo. Información Pública. (2023060901)
Resolución de 9 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda la apertura común para la fase de consulta pública previa, presentación de sugerencias y un periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifica el Decreto 137/2021, de 15 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas de empleo creados para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueban las primeras convocatorias de dichos programas y el Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el desarrollo de acciones de reskilling y upskilling para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Jueves 16 de marzo de 2023

en sectores estratégicos, cuidado de las personas y zonas en riesgo de despoblación, en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria
para el año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE
n.º 19, de 27 de enero de 2023).
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
b) La necesidad y oportunidad de su aprobación.
c) Los objetivos de la norma.
d) Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7
y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo
66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un periodo común de 7 días naturales a contar desde el día de la
publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura
para cualquier persona pueda examinar el proyecto indicado y formular las proposiciones,
sugerencias o recomendaciones que estime oportunas, así como para que los ciudadanos,
organizaciones y asociaciones que así lo consideren, puedan hacer llegar sus opiniones sobre
los aspectos planteados en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Las opiniones, proposiciones, sugerencias o recomendaciones podrán presentarse por cualquiera de los medios que a tal efecto determina la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o a
través de la siguiente dirección de correo electrónico:
sprj.merida@extremaduratrabaja.net
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura.
Mérida, 9 de marzo de 2023. El Secretario General de Empleo, PA, Decreto 166/2019, de 29
de octubre (DOE n.º 214, de 6 de noviembre), JAVIER LUNA MARTÍN.
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