Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Montes. (2023060519)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 1 de febrero de 2023, por el que se autoriza la exclusión del catálogo de una superficie de 5,80 hectáreas del monte de utilidad pública n.º 5 "Dehesa Boyal", propiedad del municipio de Casas de Don Pedro (Badajoz), por interés público prevalente sobre el forestal.
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NÚMERO 37
Jueves 23 de febrero de 2023

11647

Cuarto. A la vista de todo lo actuado, con fecha 26 de octubre de 2022, el Director General de
Política Forestal acordó la apertura de un periodo de información pública, en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 235 LAEx, siendo objeto de publicación el Anuncio correspondiente en el Diario Oficial de Extremadura n.º 216, de 10 de noviembre de 2022; paralelamente,
se requirió informe de la entidad local titular de los terrenos.
En relación con estos trámites, en el expediente obra un documento en el que el Jefe del
Servicio de Ordenación y Gestión Forestal certifica que el Anuncio publicado también estuvo
expuesto en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Casas de Don Pedro entre los días 11
de noviembre y 12 de diciembre de 2022, según comunica su Secretario, y que el expediente
estuvo a disposición de las personas interesadas durante todo el periodo de información pública en las oficinas de dicho Servicio, sin que se presentaran alegaciones.
Igualmente, el Jefe del Servicio de Ordenación y Gestión Forestal certifica que “con fecha 7 de
noviembre de 2022 el Alcalde de Casas de Don Pedro redactó un informe en el que contesta a las
cuestiones planteadas por el Director General, justificando que, a juicio de la entidad propietaria
del monte de utilidad pública n.º 5, la exclusión parcial solicitada se justificaría por “…la existencia desde hace años de construcciones de carácter deportivo y recreativo dentro del monte
público, la imposibilidad de búsqueda de suelo de propiedad municipal en las inmediaciones del
suelo urbano para el traslado de las antedichas, la regulación legal del estado del monte público
en su cabida y límites y resultando de interés general para los vecinos y vecinas de la localidad, para su desarrollo y bienestar y la aprobación definitiva del Plan General Municipal”; que
“las instalaciones deportivas y recreativas se han ido construyendo y ubicando en esa zona del
noroeste del monte público por su proximidad al núcleo urbano, por ser una parte de la dehesa
con escaso arbolado y estar conectada a la localidad con la Carretera de Navalvillar de Pela a
Casas de Don Pedro por el norte y la vía pecuaria Colada de las Eras y Las Labores por el este”;
que “desde tiempos inmemoriales los niños y jóvenes jugaban a la pelota en esa zona y con el
paso del tiempo se delimitó rudimentariamente un campo de fútbol, tal y como puede verse en
la imagen del IDEEX del “Vuelo Americano Serie B” captada entre los años 1956-1957”; y que
“el uso continuado, la proximidad y la situación de la dehesa en esa zona y demás circunstancias
descritas anteriormente hicieron que con el paso de los años la conciencia colectiva del común de
los vecinos y de las autoridades consideraran que era un lugar propio e idóneo para destinarlo a
zona deportiva y recreativa de la población y continuaron ampliando y consolidando las instalaciones hasta el día de hoy, confiriéndole el carácter urbano al que aspira”.
A continuación, el Alcalde describe “las instalaciones existentes en la zona objeto de descatalogación que son consideradas de interés general para los vecinos” (campo de fútbol, pista
multideportiva, plaza de toros, pistas de pádel cubiertas y zona de ocio infantil), y concluye
solicitando que “considerando que en aras del interés público resulta imprescindible para el
desarrollo y bienestar de los vecinos y la aprobación definitiva del Plan General Municipal,