Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060537)
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Plantación y puesta en riego de olivar en una superficie de 79,64 ha en la finca El Hoyón", cuyo promotor es D. José Melchor Sánchez Romero, en el término municipal de Peraleda del Zaucejo (Badajoz). Expte.: IA22/0334.
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NÚMERO 36
Miércoles 22 de febrero de 2023
11318
11. L
os cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un
resguardo de 1 metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
12. T
odas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar,
tanto el trazado en planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como
su régimen de caudales. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos
que garanticen este mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante
la ejecución de las obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de
caudales anterior y posterior a la ejecución de las mismas.
13. S
e realizará antes de la ejecución de los desbroces y/o movimientos de tierra una
inspección de campo para la localización de nidos o lugares de concentración de
animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
14. E
n el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar las tuberías del sistema de
riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y en el caso de existir
sobrantes, se gestionarán según lo establecido en la normativa vigente en materia
de residuos.
15. S
e realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o
algún sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras. Las
zanjas deberán permanecer abiertas el menor tiempo posible.
16. L
os movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles. Éstos se limitarán a
la zona de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces,
decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
17. E
l sistema de riego deberá ser implementado en el terreno de tal manera que los
desagües y líneas de drenaje no viertan de manera directa en dirección a los cursos
de agua existentes en la zona de actuación, por lo que, en caso necesario, se deberán
rediseñar la dirección de las líneas de plantación teniendo en cuenta esta medida.
18. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
19. U
n posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.
Miércoles 22 de febrero de 2023
11318
11. L
os cruces subterráneos de cualquier tipo de conducción con un cauce que constituya el DPH del Estado, se deben proyectar enterrados, quedando al menos un
resguardo de 1 metro entre la cara superior de la obra de cruce con el lecho del río.
12. T
odas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar,
tanto el trazado en planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como
su régimen de caudales. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos
que garanticen este mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante
la ejecución de las obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de
caudales anterior y posterior a la ejecución de las mismas.
13. S
e realizará antes de la ejecución de los desbroces y/o movimientos de tierra una
inspección de campo para la localización de nidos o lugares de concentración de
animales que pudieran ser eliminados de forma directa.
14. E
n el caso de las excavaciones de las zanjas para instalar las tuberías del sistema de
riego, se reutilizará la tierra extraída para su posterior relleno y en el caso de existir
sobrantes, se gestionarán según lo establecido en la normativa vigente en materia
de residuos.
15. S
e realizará una inspección visual de las obras de excavación de manera diaria, para
asegurarse de que ningún pequeño animal ha podido caer dentro de ellas. A este
respecto, se pueden instalar tablones provisionales a modo de rampa de escape o
algún sistema similar, que se irán retirando según vayan avanzando las obras. Las
zanjas deberán permanecer abiertas el menor tiempo posible.
16. L
os movimientos de tierra serán los mínimos imprescindibles. Éstos se limitarán a
la zona de obras, estando prohibida la realización de cualquier tipo de desbroces,
decapados, nivelaciones y compactaciones fuera de la zona de actuación.
17. E
l sistema de riego deberá ser implementado en el terreno de tal manera que los
desagües y líneas de drenaje no viertan de manera directa en dirección a los cursos
de agua existentes en la zona de actuación, por lo que, en caso necesario, se deberán
rediseñar la dirección de las líneas de plantación teniendo en cuenta esta medida.
18. Se respetarán los drenajes naturales del terreno que atraviesan la zona de actuación.
19. U
n posible impacto sobre la hidrología puede proceder de la remoción de tierras
durante los trabajos y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del
aporte de sólidos a los cauces, por lo que habrá que tomar las medidas necesarias
para evitarlo.