Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060358)
Resolución de 31 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Asociación para la Defensa de la Naturaleza (WWF España) y la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, Beneficiario Asociado, para el desarrollo de las acciones previstas en el proyecto LIFE Gobernanza e Información Medioambiental "Estableciendo las bases para la buena gestión de una especie clave mediterránea, el conejo de monte" con código LIFE20 GIE/ES/000731 y acrónimo "LIFE Iberconejo".
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NÚMERO 28
Jueves 9 de febrero de 2023

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12.7. La edición de cualquier material que tenga relación con el proyecto será supervisada
previamente por el Beneficiario Coordinador y consensuada en la precitada Comisión
de Seguimiento.
Asimismo, el Beneficiario Asociado en toda aquella información, difusión y publicidad
que se realice sobre el Proyecto deberá mencionar la coordinación de WWF España utilizando el nombre y logotipos facilitados por WWF España. Se requerirá la autorización
expresa, previa y escrita de WWF España para cada uso, así como la comunicación de
los gastos previstos, para su aprobación, con carácter previo, por WWF España.
Decimotercera. Confidencialidad, protección de datos, propiedad intelectual e
industrial.
13.1. Confidencialidad.
13.1.1. WWF España y el Beneficiario Asociado se comprometen a preservar la confidencialidad de cualquier documento, información u otro material que se les transmita
y cuya divulgación podría perjudicar a las partes o un tercero.
13.1.2. Las partes permanecerán vinculadas por esta obligación hasta cuatro (4) años
después de la fecha de terminación del Proyecto, sin perjuicio de cualquier compromiso de confidencialidad establecido en el Acuerdo de Subvención.
13.2. Datos de carácter personal.
13.2.1. Los datos de carácter personal incluidos en el Proyecto estarán a disposición de
la Comisión Europea, de otras instituciones de la UE y del equipo de supervisión
externa, que se rigen por un acuerdo de confidencialidad.
13.2.2. Con carácter general, durante la ejecución del convenio, ha de procurarse la debida
protección de los datos de carácter personal, debiendo estarse a lo dispuesto, en
primer lugar, en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos
y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección
de Datos o RGPD) y, asimismo, a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
y en la restante normativa aplicable en la materia, siendo recomendable que la documentación que se proporcione para el desarrollo de las mismas contenga datos