Consejería De Educación Y Empleo. Formación Profesional. Pruebas De Acceso. (2023060382)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convocan las pruebas de acceso a ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.
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NÚMERO 26
Martes 7 de febrero de 2023
8501
apartado deberán aportar el Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo
(DARDE) actualizado.
5. El impago del importe de la cuota del precio público dentro del plazo establecido en la
inscripción o su pago incompleto será motivo de exclusión, así como, si se detectase
falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención
total o bonificación del precio público.
6. La no presentación a las pruebas no comportará la devolución del precio público.
7. Devolución del precio público de solicitud:
a) Procederá la devolución del precio público, a petición de la persona interesada que se
inscriba en los plazos señalados para la presente convocatoria, única y exclusivamente
cuando se haya producido duplicidad de pago o exceso en la cantidad pagada, respecto
de la que realmente corresponda.
b) Para ello:
1º Deberá rellenar el modelo 735 que se halla en el Portal Tributario de la Junta de
Extremadura.
2º Deberá presentar un escrito solicitando dicha devolución a la Dirección General de
Formación y Formación para el Empleo, detallando las circunstancias de la solicitud.
Dicho escrito deberá presentarse por alguno de los siguientes medios:
— En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el
Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido
en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de
registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el Anexo a la Resolución
de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas de
Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84bis de la Ley 1/2002 , de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Martes 7 de febrero de 2023
8501
apartado deberán aportar el Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo
(DARDE) actualizado.
5. El impago del importe de la cuota del precio público dentro del plazo establecido en la
inscripción o su pago incompleto será motivo de exclusión, así como, si se detectase
falsedad o inexistencia de la documentación necesaria para tener derecho a la exención
total o bonificación del precio público.
6. La no presentación a las pruebas no comportará la devolución del precio público.
7. Devolución del precio público de solicitud:
a) Procederá la devolución del precio público, a petición de la persona interesada que se
inscriba en los plazos señalados para la presente convocatoria, única y exclusivamente
cuando se haya producido duplicidad de pago o exceso en la cantidad pagada, respecto
de la que realmente corresponda.
b) Para ello:
1º Deberá rellenar el modelo 735 que se halla en el Portal Tributario de la Junta de
Extremadura.
2º Deberá presentar un escrito solicitando dicha devolución a la Dirección General de
Formación y Formación para el Empleo, detallando las circunstancias de la solicitud.
Dicho escrito deberá presentarse por alguno de los siguientes medios:
— En cualquiera de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el
Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, establecido
en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un sistema de
registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, incluidas en el Anexo a la Resolución
de 23 de abril de 2021 por la que se hace pública la relación de las Oficinas de
Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para atender a lo previsto en el artículo 84bis de la Ley 1/2002 , de
28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.