Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2023060322)
Resolución de 25 de enero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, sobre modificación del proyecto de instalación solar fotovoltaica "Carmonita 1" de 50 MWp, e infraestructura de evacuación en el término municipal de Montánchez. Expte.: IA19/1355.
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NÚMERO 23
7856
Jueves 2 de febrero de 2023
5. Se cuidará que no se vea afectado el arbolado de zonas limítrofes a la zona de
implantación de la planta solar fotovoltaica y la zona afectada por la línea de evacuación.
Y si sufriera merma (ampliada a la que ya se ha contemplado en este informe),
se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la
plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie afectado, y el compromiso
de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un
periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares.
6. El proyecto a ejecutar requiere de unas medidas compensatorias, las cuales, tendrán
un presupuesto de 4.011 €, según los cálculos para la compensación por la pérdida
del efecto sumidero de los pies arbóreos que se pretenden cortar, y por el coste de
instalación y mantenimiento de los nuevos pies que se instalen. Este importe se
deberá emplear en proyectos de restauración de la cubierta vegetal. El proyecto será
supervisado por la Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura.
7. Los trabajos se realizarán siempre siguiendo las normas establecidas en del Decreto
134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores
de Extremadura, y su modificación por el Decreto 37/2022, de 12 de abril. De acuerdo
con el artículo tercero del mismo la autorización ambiental autoriza las acciones de
corta de acuerdo con lo previsto en este informe.
8. Se deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en los
montes de particulares.
9. No se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados, combustible,
etc.).
10. La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que
le sean aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse
afectados, por lo indicado en el Informe de Impacto Ambiental, por la existencia de
riesgo de peligro de incendios, o por autorizaciones de otra índole.
11. E
l promotor será responsable de los daños y perjuicios que por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables,
se ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente,
quedando
obligado
consecuentemente
a
satisfacer
las
indemnizaciones
correspondientes. Al finalizar los trabajos se realizará una limpieza general de la zona
de trabajos de todo tipo de materiales no biodegradables, que serán depositados en
un vertedero autorizado para ello.
7856
Jueves 2 de febrero de 2023
5. Se cuidará que no se vea afectado el arbolado de zonas limítrofes a la zona de
implantación de la planta solar fotovoltaica y la zona afectada por la línea de evacuación.
Y si sufriera merma (ampliada a la que ya se ha contemplado en este informe),
se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la
plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie afectado, y el compromiso
de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un
periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares.
6. El proyecto a ejecutar requiere de unas medidas compensatorias, las cuales, tendrán
un presupuesto de 4.011 €, según los cálculos para la compensación por la pérdida
del efecto sumidero de los pies arbóreos que se pretenden cortar, y por el coste de
instalación y mantenimiento de los nuevos pies que se instalen. Este importe se
deberá emplear en proyectos de restauración de la cubierta vegetal. El proyecto será
supervisado por la Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura.
7. Los trabajos se realizarán siempre siguiendo las normas establecidas en del Decreto
134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas
actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los
Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores
de Extremadura, y su modificación por el Decreto 37/2022, de 12 de abril. De acuerdo
con el artículo tercero del mismo la autorización ambiental autoriza las acciones de
corta de acuerdo con lo previsto en este informe.
8. Se deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en los
montes de particulares.
9. No se realizarán vertidos de residuos tóxicos y peligrosos (aceites usados, combustible,
etc.).
10. La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que
le sean aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse
afectados, por lo indicado en el Informe de Impacto Ambiental, por la existencia de
riesgo de peligro de incendios, o por autorizaciones de otra índole.
11. E
l promotor será responsable de los daños y perjuicios que por deficiencia en las
obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables,
se ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente,
quedando
obligado
consecuentemente
a
satisfacer
las
indemnizaciones
correspondientes. Al finalizar los trabajos se realizará una limpieza general de la zona
de trabajos de todo tipo de materiales no biodegradables, que serán depositados en
un vertedero autorizado para ello.