Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060237)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2022, a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación Aspex", Acceso de Policías Locales de Extremadura a títulos propios de la Universidad de Extremadura. Expte.: SINCO/2022/0000015493.
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NÚMERO 23
Jueves 2 de febrero de 2023
7795
resolución que habrá de ser aceptada por el beneficiario, o formalización del correspondiente
convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las condiciones y compromisos aplicables conforme a lo previsto en esta ley”.
Por su parte, la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2022. (DOE 31 de diciembre, núm. 251), contiene una
previsión de subvención nominativa en el “Anexo de Proyectos de Gasto para el año 2022”,
por importe de 30.000 €, al Código de Proyecto de gastos 20170182 “UEX. PLAN FORMACIÓN
ASPEX” y a la aplicación presupuestaria G/116A/445.00, Centro Gestor 120090000, fuente
financiación CAG0000001.
De los 30.000 €, que contempla dicho Proyecto de gastos, se dispone para la subvención
nominativa de la presente anualidad de 6.110,61 €, tal como se contempla en el manifiesto
quinto del presente Convenio.
Cuarta. Forma de pago.
La cantidad comprometida por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y especificada en la cláusula tercera (6.110,61 €) será abonada a la Universidad de
Extremadura en un único pago previa justificación por parte de ésta, tal como establece el
artículo 35.9 de la Ley 6/2011 LSCAEX, de la realización de los 2 cursos referidos en el presente convenio en los términos señalados en la cláusula sexta y previa certificación favorable
emitida por la persona titular de la Jefatura de Servicio de Administración General e Interior.
Quinta. Obligaciones de la Universidad de Extremadura.
Constituyen obligaciones de la Universidad de Extremadura, a los efectos del presente convenio, las siguientes:
a) Destinar los fondos objeto de subvención a cubrir los gastos de las actuaciones especificadas en el presente convenio.
b) Justificar documentalmente ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización
del objeto del presente convenio y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión de la subvención, pudiendo realizarse mediante certificación de la persona
que ejerza las funciones de Intervención de la Universidad de Extremadura, o en su
defecto, de la titular del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón
en contabilidad, respecto de los gastos y pagos realizados, y del cumplimento de la finalidad para que fue concedida, acompañándolo, de las listas de comprobación e informes
de control efectuados sobre los gastos que se certifican, en base a lo establecido en el
artículo 35. 9 de la Ley de Subvenciones de Extremadura.
Jueves 2 de febrero de 2023
7795
resolución que habrá de ser aceptada por el beneficiario, o formalización del correspondiente
convenio con el beneficiario, en el que se establecerán las condiciones y compromisos aplicables conforme a lo previsto en esta ley”.
Por su parte, la Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2022. (DOE 31 de diciembre, núm. 251), contiene una
previsión de subvención nominativa en el “Anexo de Proyectos de Gasto para el año 2022”,
por importe de 30.000 €, al Código de Proyecto de gastos 20170182 “UEX. PLAN FORMACIÓN
ASPEX” y a la aplicación presupuestaria G/116A/445.00, Centro Gestor 120090000, fuente
financiación CAG0000001.
De los 30.000 €, que contempla dicho Proyecto de gastos, se dispone para la subvención
nominativa de la presente anualidad de 6.110,61 €, tal como se contempla en el manifiesto
quinto del presente Convenio.
Cuarta. Forma de pago.
La cantidad comprometida por la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y especificada en la cláusula tercera (6.110,61 €) será abonada a la Universidad de
Extremadura en un único pago previa justificación por parte de ésta, tal como establece el
artículo 35.9 de la Ley 6/2011 LSCAEX, de la realización de los 2 cursos referidos en el presente convenio en los términos señalados en la cláusula sexta y previa certificación favorable
emitida por la persona titular de la Jefatura de Servicio de Administración General e Interior.
Quinta. Obligaciones de la Universidad de Extremadura.
Constituyen obligaciones de la Universidad de Extremadura, a los efectos del presente convenio, las siguientes:
a) Destinar los fondos objeto de subvención a cubrir los gastos de las actuaciones especificadas en el presente convenio.
b) Justificar documentalmente ante la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización
del objeto del presente convenio y el cumplimiento de la finalidad que determinen la
concesión de la subvención, pudiendo realizarse mediante certificación de la persona
que ejerza las funciones de Intervención de la Universidad de Extremadura, o en su
defecto, de la titular del órgano que tenga atribuidas las facultades de la toma de razón
en contabilidad, respecto de los gastos y pagos realizados, y del cumplimento de la finalidad para que fue concedida, acompañándolo, de las listas de comprobación e informes
de control efectuados sobre los gastos que se certifican, en base a lo establecido en el
artículo 35. 9 de la Ley de Subvenciones de Extremadura.