Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060237)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2022, a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación Aspex", Acceso de Policías Locales de Extremadura a títulos propios de la Universidad de Extremadura. Expte.: SINCO/2022/0000015493.
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NÚMERO 23
7799
Jueves 2 de febrero de 2023
Novena. Régimen jurídico aplicable.
La subvención nominativa objeto del presente convenio se regirá por las disposiciones de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como por la normativa básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y, en lo que le afecten, las restantes disposiciones de carácter básico del
Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65.3 c), Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, la presente subvención es incompatible con otras subvenciones, ayudas,
ingresos, o recursos para idéntica finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o
entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Décima. Efectos del Convenio.
El presente Convenio surtirá efecto desde la fecha de la firma del presente Convenio, hasta la
finalización de las actuaciones inherentes al desarrollo de éstos y la justificación de los gastos
de los mismos que, en todo caso, deberá producirse antes del 15 de diciembre de 2022.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio las partes intervinientes
lo firman electrónicamente.
La Secretaria General.
(PD) La Directora General de Emergencias,
Protección Civil e Interior,
(Resolución 06/08/2019
DOE núm. 154, de 9 de agosto)
NIEVES VILLAR FRESNO
El Rector Magnífico de
la Universidad de Extremadura,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA
7799
Jueves 2 de febrero de 2023
Novena. Régimen jurídico aplicable.
La subvención nominativa objeto del presente convenio se regirá por las disposiciones de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
así como por la normativa básica contenida en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones y, en lo que le afecten, las restantes disposiciones de carácter básico del
Estado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65.3 c), Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, la presente subvención es incompatible con otras subvenciones, ayudas,
ingresos, o recursos para idéntica finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o
entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Décima. Efectos del Convenio.
El presente Convenio surtirá efecto desde la fecha de la firma del presente Convenio, hasta la
finalización de las actuaciones inherentes al desarrollo de éstos y la justificación de los gastos
de los mismos que, en todo caso, deberá producirse antes del 15 de diciembre de 2022.
Y en prueba de conformidad con el contenido del presente convenio las partes intervinientes
lo firman electrónicamente.
La Secretaria General.
(PD) La Directora General de Emergencias,
Protección Civil e Interior,
(Resolución 06/08/2019
DOE núm. 154, de 9 de agosto)
NIEVES VILLAR FRESNO
El Rector Magnífico de
la Universidad de Extremadura,
ANTONIO HIDALGO GARCÍA