Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060237)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Universidad de Extremadura, por el que se canaliza la subvención nominativa prevista en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año 2022, a favor de la Universidad de Extremadura, "Formación Aspex", Acceso de Policías Locales de Extremadura a títulos propios de la Universidad de Extremadura. Expte.: SINCO/2022/0000015493.
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NÚMERO 23
7798
Jueves 2 de febrero de 2023
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conllevará la declaración de incumplimiento y, en consecuencia, la pérdida de la subvención.
A los efectos previstos en el párrafo anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50%.
No obstante y en caso de incumplimiento parcial del objeto del presente convenio, justificando
una cuantía mayor al 50% de aportación económica prevista en la cláusula tercera (6.110,61
euros), se verá minorada proporcionalmente.
Por último, y dado que el coste estimado de cada uno de los cursos es de 3.055,305 €, no procedería la pérdida parcial al derecho al cobro en el caso de no llevar a cabo alguno de ellos, ya
que dicha cuantía es igual el 50% de la subvención concedida, y tal como establece el párrafo
anterior procedería la pérdida al derecho al cobro de la subvención nominativa.
TITULO CURSO
CRÉDITOS
LÉCTIVOS
CÓMPUTO PÉRDIDA PARCIAL
DERECHO AL COBRO
Curso Ciberseguridad y políticas de seguridad
pública para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
5
3.055,305 €
Curso Delincuencia Vial
5
3.055,305 €
Octava. Publicidad.
El presente convenio será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 17.1 y 2, y en el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, será objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (DOE núm. 99, de 24 de mayo), y el artículo 46
de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2022 (DOE núm. 251, de 5 de febrero).
Finalmente, se remitirá para su publicación en la página web de la Intervención General del
Estado, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme se exige en el artículo 20.8,
letra b), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
7798
Jueves 2 de febrero de 2023
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conllevará la declaración de incumplimiento y, en consecuencia, la pérdida de la subvención.
A los efectos previstos en el párrafo anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50%.
No obstante y en caso de incumplimiento parcial del objeto del presente convenio, justificando
una cuantía mayor al 50% de aportación económica prevista en la cláusula tercera (6.110,61
euros), se verá minorada proporcionalmente.
Por último, y dado que el coste estimado de cada uno de los cursos es de 3.055,305 €, no procedería la pérdida parcial al derecho al cobro en el caso de no llevar a cabo alguno de ellos, ya
que dicha cuantía es igual el 50% de la subvención concedida, y tal como establece el párrafo
anterior procedería la pérdida al derecho al cobro de la subvención nominativa.
TITULO CURSO
CRÉDITOS
LÉCTIVOS
CÓMPUTO PÉRDIDA PARCIAL
DERECHO AL COBRO
Curso Ciberseguridad y políticas de seguridad
pública para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
5
3.055,305 €
Curso Delincuencia Vial
5
3.055,305 €
Octava. Publicidad.
El presente convenio será publicado en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 17.1 y 2, y en el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Asimismo, será objeto de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de
mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (DOE núm. 99, de 24 de mayo), y el artículo 46
de la Ley 3/2021, de 30 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2022 (DOE núm. 251, de 5 de febrero).
Finalmente, se remitirá para su publicación en la página web de la Intervención General del
Estado, a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, conforme se exige en el artículo 20.8,
letra b), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.