Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060190)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Sierra del Suroeste-Tentudía.
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 22
Miércoles 1 de febrero de 2023
7599
así como la propuesta de ampliación del plazo de ejecución y justificación de las actuaciones.
c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
d) Autorizar la fórmula de gerencia elegida por la entidad local. La entidad local debe informar en todo momento a la Comisión de seguimiento del proceso de selección.
e) Seguimiento de la ejecución del Plan y de la labor de la gerencia.
f) Acordar el destino de los remanentes generados como consecuencia del menor coste de
una actuación dada.
Décima. Ejecución del convenio.
1. E
l plazo de ejecución de las actuaciones del presente convenio será de 3 años prorrogables
–con las condiciones establecidas en los apartados 2 y 3 de la cláusula decimoctava– a
contar desde su fecha de inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
2. L
a ejecución del Plan corresponderá a la entidad local; para ello tendrá que cumplir las
siguientes tareas:
a) Impulsar las actuaciones del Plan, de acuerdo al anexo del presente convenio y de la
programación por anualidades establecida en la Comisión de seguimiento.
b) Facilitar los datos relativos al seguimiento y evaluación de resultados del Plan, con una
periodicidad trimestral o, en su caso, la que determine la Comisión de seguimiento.
c) Difundir los objetivos y las actuaciones del Plan.
d) Efectuar propuestas de actuaciones.
e) P
rocurar la coordinación del Plan con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la
zona las administraciones representadas en el convenio.
f) Presentar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones del Plan.
3. P
ara el desarrollo de estas tareas la entidad local deberá contar con una gerencia del Plan,
que no tendrá personalidad jurídica y que actuará como órgano de apoyo para la implementación del plan.
La gerencia podrá ser desempeñada por personal propio de la entidad local o por personal
externo.
Miércoles 1 de febrero de 2023
7599
así como la propuesta de ampliación del plazo de ejecución y justificación de las actuaciones.
c) Resolver los problemas de interpretación y cumplimiento del convenio.
d) Autorizar la fórmula de gerencia elegida por la entidad local. La entidad local debe informar en todo momento a la Comisión de seguimiento del proceso de selección.
e) Seguimiento de la ejecución del Plan y de la labor de la gerencia.
f) Acordar el destino de los remanentes generados como consecuencia del menor coste de
una actuación dada.
Décima. Ejecución del convenio.
1. E
l plazo de ejecución de las actuaciones del presente convenio será de 3 años prorrogables
–con las condiciones establecidas en los apartados 2 y 3 de la cláusula decimoctava– a
contar desde su fecha de inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.
2. L
a ejecución del Plan corresponderá a la entidad local; para ello tendrá que cumplir las
siguientes tareas:
a) Impulsar las actuaciones del Plan, de acuerdo al anexo del presente convenio y de la
programación por anualidades establecida en la Comisión de seguimiento.
b) Facilitar los datos relativos al seguimiento y evaluación de resultados del Plan, con una
periodicidad trimestral o, en su caso, la que determine la Comisión de seguimiento.
c) Difundir los objetivos y las actuaciones del Plan.
d) Efectuar propuestas de actuaciones.
e) P
rocurar la coordinación del Plan con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la
zona las administraciones representadas en el convenio.
f) Presentar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones del Plan.
3. P
ara el desarrollo de estas tareas la entidad local deberá contar con una gerencia del Plan,
que no tendrá personalidad jurídica y que actuará como órgano de apoyo para la implementación del plan.
La gerencia podrá ser desempeñada por personal propio de la entidad local o por personal
externo.