Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060090)
Resolución de 9 de enero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Encomienda de Gestión entre la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda y las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres para la recaudación y colaboración en la gestión del patrimonio inmobiliario de la Comunidad Autónoma de Extremadura adscrito a la referida Consejería.
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NÚMERO 19
Viernes 27 de enero de 2023

6902

7.1. L
 levar a cabo tareas que contribuyan a la correcta identificación del Patrimonio Inmobiliario de la Comunidad Autónoma adscrito a la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda, mediante las siguientes actuaciones:


a. I dentificación de los inmuebles adscritos a la Consejería de Movilidad, Transporte
y Vivienda mediante la incorporación de la Referencia Catastral a cada Vivienda
de Promoción Pública, facilitando con ello la ubicación real y georreferencia de las
viviendas.



b. A
 lta de las nuevas viviendas que se encuentren ubicadas en municipios cuyos
Ayuntamientos tengan formalizado convenio de delegación con los Organismos de
Recaudación. En caso de que no exista dicho convenio se promoverá e impulsará
referido trámite ante la Administración competente en la materia.



c. T
 ramitación de los expedientes de cambio de titularidad de las viviendas enajenadas en los municipios con convenio de delegación en los Organismos de Recaudación y Gestión Tributaria.



d. Identificación de los bienes adscritos a la Consejería para permitir el cumplimiento
de las obligaciones tributarias en relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles.



e. L istados tendentes a la identificación del fraude, indicando los adjudicatarios que
figuren como propietarios de otros inmuebles y estén registrados en el Catastro.



f. Asimismo, deberá facilitar al órgano directivo con competencias en materia de vivienda, actualmente la Dirección General de Vivienda de la Consejería de Movilidad,
Transporte y Vivienda, cuantos informes, estudios y demás trabajos les solicite,
relacionados con el patrimonio inmobiliario de la Comunidad Autónoma de Extremadura, objeto del presente convenio.

7.2. T
 odos los datos citados junto con aquellos que se acuerde aportar, formarán un banco
de datos, que, junto con la documentación complementaria, quedará en propiedad
exclusiva de la Junta de Extremadura en soporte magnético y documental.


A
 simismo, toda la información que genere dicho banco de datos, sólo podrá ser utilizada por los correspondientes órganos de la Administración Autonómica, pudiéndose
exigir la realización de estudios especiales económicos y administrativos para amortizaciones anticipadas u otras gestiones relativas a la promoción pública.

7.3. E
 l Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Diputación de
Badajoz será el encargado de hospedar la base de datos y la aplicación VIVEX en los