Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2022040223)
Decreto 149/2022, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas al amparo de los Fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 8
Jueves 12 de enero de 2023

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5. Incorporación de herramientas de medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto. Hasta 20 puntos.
Posibilidad de comparación y cuantificación entre previsiones iniciales que justifican el
proyecto, con el desarrollo y la situación final una vez ejecutado.
Se valorarán con 2,5 puntos la incorporación de herramientas de medición y evaluación en
cada uno de los impactos siguientes:
• Cultural: medición de intervenciones culturales que no estaban presentes en el territorio
donde se desarrolla el proyecto.
• Económico: medición de herramientas de digitalización aplicadas.
• Social: medición de resultados de igualdad de género e inclusión social.
• Demográfico: medición de la implicación ciudadana durante el desarrollo del proyecto.
• Territorial: métricas del tejido económico y laboral del territorio antes, durante y después
del proyecto
• Calidad de vida: medición de actividades de carácter intergeneracional.
• sostenibilidad medioambiental: medición de la gestión de residuos; medición de prácticas de economía circular.
• Otros: medición de impacto del proyecto en medios de comunicación y redes sociales
6. En función a estos criterios, la valoración total máxima que se podrá alcanzar es de 100 puntos.
Artículo 14. Propuesta, Resolución y Notificación.
1. A la vista del informe de la Comisión de Valoración, el órgano directivo con competencias
en materia de promoción cultural formulará la correspondiente propuesta de resolución
al titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de cultura que
dictará la resolución expresa y motivada desde la elevación de aquélla. La propuesta del
órgano instructor no podrá separarse del informe de la Comisión de Valoración.
La resolución será notificada individualmente a los beneficiarios y publicada en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es), y en ella se hará constar los beneficiarios y
la cuantía concedida, así como los proyectos desestimados y los motivos de desestimación.