Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Desarrollo Cultural. Ayudas. (2022040223)
Decreto 149/2022, de 14 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas al amparo de los Fondos de NextGenerationEU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241, y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 8

3260

Jueves 12 de enero de 2023

a. Adecuación presupuestaria. Si los importes correspondientes a los gastos previstos están de acuerdo con los precios actuales del mercado, según justificaciones de precios o
comparativas con otros gastos similares presentadas por el solicitante: 5 puntos.
b. Capacidad económica y organizativa de la entidad. Máximo de 5 puntos.


• Si la aportación económica al proyecto por parte de solicitante es cubierta exclusivamente con fondos propios: 2,5 puntos.



• Si la dirección del proyecto es desarrollada exclusivamente por miembros de la entidad solicitante: 2,5 puntos.

c. Viabilidad técnica: si los medios técnicos necesarios o utilizados para la ejecución de la
actividad se corresponden con los habituales presentes actualmente en los mercados
del sector correspondiente con arreglo a criterios profesionales acreditados y buenas
prácticas en la gestión cultural: 5 puntos.
d. V
 iabilidad financiera. Máximo de 10 puntos. Se puntuará en función del porcentaje de
subvención solicitada respecto al coste total del proyecto.
Porcentaje de subvención solicitada respecto al coste total del proyecto

Puntos

Hasta un 50%

10

Más de un 50% y hasta un 60%

8

Más de un 60% y hasta un 70%

6

Más de un 70% y hasta menos del 80%

4

4. R
 ealización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (mínimo 75 %) en municipios y localidades de menos de 5.000 habitantes integrados en el medio rural. Hasta 15
puntos, de la siguiente manera:
• Sí mínimo el 75% de las localidades donde se desarrolle el proyecto tiene entre 5.000 y
3.001 habitantes: 5 puntos.
• Sí mínimo el 75% de las localidades donde se desarrolle el proyecto tiene entre 3.000 y
1.501 habitantes: 10 puntos.
• Sí mínimo el 75% de las localidades donde se desarrolle el proyecto tiene igual o menos
de 1.500 habitantes: 15 puntos.