Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063965)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del V Convenio Colectivo para el centro de trabajo "Hospital Quirónsalud Clideba" de Badajoz de la empresa "IDCQ Hospitales y Sanidad, SL".
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NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022



Director médico.



Director de enfermería.

63642

Director Económico-Financiero.
Grupo II. Licenciados o titulados superiores:


Rama asistencial: Médico, Farmacéutico, etc.



Rama administrativa: Ingeniero, Economista, etc.

Grupo III. Titulados medios o diplomados:


Rama asistencial: DUE, ATS, Enfermera, Fisioterapeuta, etc.



Rama administrativa: Informático, Diplomado empresariales, Graduado social,



Ingeniero técnico, etc.

Grupo IV. Técnicos titulados no diplomados:


Rama asistencial: TEL, TER, TEMN, Auxiliar de enfermería.

Rama administrativa: Oficial administrativo, Auxiliar administrativo, Auxiliar informática, jefe de almacén, etc.
Grupo V. Personal no titulado auxiliar:


Rama asistencial: Celador, etc.

Artículo 32. Funciones asignadas a los distintos grupos.
En razón de la función que desempeña el personal se clasifica en:
a) Personal de Dirección y Supervisión. Bajo la denominación de Personal de Dirección y
Supervisión se engloba a los empleados que, con cualquier denominación, titulación o
categoría profesional, ocupan un puesto de trabajo al que se le asigna mayoritariamente funciones de dirección y supervisión.
b) 
Personal de Servicios Asistenciales. Bajo la denominación de Personal de Servicios
Asistenciales se engloba a los empleados que, con cualquier cargo, titulación categoría
profesional ocupan un puesto de trabajo al que se asignan mayoritariamente funciones
de tipo asistencial.