Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022063965)
Resolución de 2 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del V Convenio Colectivo para el centro de trabajo "Hospital Quirónsalud Clideba" de Badajoz de la empresa "IDCQ Hospitales y Sanidad, SL".
37 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 243
Miércoles 21 de diciembre de 2022
Director médico.
Director de enfermería.
63642
Director Económico-Financiero.
Grupo II. Licenciados o titulados superiores:
Rama asistencial: Médico, Farmacéutico, etc.
Rama administrativa: Ingeniero, Economista, etc.
Grupo III. Titulados medios o diplomados:
Rama asistencial: DUE, ATS, Enfermera, Fisioterapeuta, etc.
Rama administrativa: Informático, Diplomado empresariales, Graduado social,
Ingeniero técnico, etc.
Grupo IV. Técnicos titulados no diplomados:
Rama asistencial: TEL, TER, TEMN, Auxiliar de enfermería.
Rama administrativa: Oficial administrativo, Auxiliar administrativo, Auxiliar informática, jefe de almacén, etc.
Grupo V. Personal no titulado auxiliar:
Rama asistencial: Celador, etc.
Artículo 32. Funciones asignadas a los distintos grupos.
En razón de la función que desempeña el personal se clasifica en:
a) Personal de Dirección y Supervisión. Bajo la denominación de Personal de Dirección y
Supervisión se engloba a los empleados que, con cualquier denominación, titulación o
categoría profesional, ocupan un puesto de trabajo al que se le asigna mayoritariamente funciones de dirección y supervisión.
b)
Personal de Servicios Asistenciales. Bajo la denominación de Personal de Servicios
Asistenciales se engloba a los empleados que, con cualquier cargo, titulación categoría
profesional ocupan un puesto de trabajo al que se asignan mayoritariamente funciones
de tipo asistencial.
Miércoles 21 de diciembre de 2022
Director médico.
Director de enfermería.
63642
Director Económico-Financiero.
Grupo II. Licenciados o titulados superiores:
Rama asistencial: Médico, Farmacéutico, etc.
Rama administrativa: Ingeniero, Economista, etc.
Grupo III. Titulados medios o diplomados:
Rama asistencial: DUE, ATS, Enfermera, Fisioterapeuta, etc.
Rama administrativa: Informático, Diplomado empresariales, Graduado social,
Ingeniero técnico, etc.
Grupo IV. Técnicos titulados no diplomados:
Rama asistencial: TEL, TER, TEMN, Auxiliar de enfermería.
Rama administrativa: Oficial administrativo, Auxiliar administrativo, Auxiliar informática, jefe de almacén, etc.
Grupo V. Personal no titulado auxiliar:
Rama asistencial: Celador, etc.
Artículo 32. Funciones asignadas a los distintos grupos.
En razón de la función que desempeña el personal se clasifica en:
a) Personal de Dirección y Supervisión. Bajo la denominación de Personal de Dirección y
Supervisión se engloba a los empleados que, con cualquier denominación, titulación o
categoría profesional, ocupan un puesto de trabajo al que se le asigna mayoritariamente funciones de dirección y supervisión.
b)
Personal de Servicios Asistenciales. Bajo la denominación de Personal de Servicios
Asistenciales se engloba a los empleados que, con cualquier cargo, titulación categoría
profesional ocupan un puesto de trabajo al que se asignan mayoritariamente funciones
de tipo asistencial.