Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063331)
Resolución de 3 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Trujillanos. Expte.: IA17/773.
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NÚMERO 217
Viernes 11 de noviembre de 2022

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tal que no se vean afectados por la avenida con periodo de retorno de 500 años. Podrán
disponer de garajes subterráneos y sótanos, siempre que se garantice la estanqueidad
del recinto para la avenida de 500 años de período de retorno, y que se realicen estudios
específicos para evitar el colapso de las edificaciones, todo ello teniendo en cuenta la
carga sólida transportada y que además dispongan de respiraderos y vías de evacuación
por encima de la cota de dicha avenida. Se deberá tener en cuenta, en la medida de lo
posible, su accesibilidad en situación de emergencia por inundaciones.
Para la zona inundable, las limitaciones son las mismas que las expuestas para el suelo
rural.
Tanto en ZFP como en zona inundable, independientemente de la clasificación del suelo,
para las edificaciones ya existentes, las administraciones competentes fomentarán la
adopción de medidas de disminución de la vulnerabilidad y autoprotección, todo ello
de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional
de Protección Civil y la normativa de las Comunicaciones Autónomas. Asimismo, el
promotor deberá suscribir una declaración responsable en la que exprese claramente
que conoce y asume el riesgo existente y las medidas de protección civil aplicables
al caso, comprometiéndose a trasladar esa información a los posibles afectados, con
independencia de las medidas complementarias que estime oportuno adoptar para su
protección. Esta declaración responsable deberá estar integrada en su caso en la documentación del expediente de autorización. En los casos en que no haya estado incluida
en un expediente de autorización de la administración hidráulica, deberá presentarse
ante ésta con una antelación mínima de un mes antes del inicio de la actividad.
 Para las nuevas edificaciones, con carácter previo al inicio de las obras, se deberá disponer,
además, del certificado del Registro de la Propiedad en la que se acredite que existe anotación registral indicando que la construcción se encuentra en ZFP o en zona inundable.
Las nuevas urbanizaciones, polígonos industriales y desarrollos urbanísticos en general,
deberán introducir sistemas de drenaje sostenible, tales como superficies y acabados permeables, de forma que el eventual incremento del riego de inundación se mitigue. A
tal efecto, el expediente de desarrollo urbanístico deberá incluir un estudio hidrológicohidráulico que lo justifique.
Zonas protegidas. Perímetros captaciones abastecimiento:
En el núcleo urbano de Trujillanos, existe una captación de agua subterránea destinada a
consumo humano, cuyo perímetro de protección está incluido en el apéndice 5 del Anejo
8 de la Memoria del Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfi-