Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2022063232)
Resolución de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Concesión de aguas subterráneas para la transformación en regadío de una superficie de 51,55 hectáreas en la finca El Risquillo", en el término municipal de Puebla de Alcocer (Badajoz). Expte: IA20/0320.
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NÚMERO 211
Jueves 3 de noviembre de 2022

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C.1 Análisis ambiental para la selección de alternativas.
En el EsIA se incluye un análisis de alternativas, en el cual se plantean cuatro posibles
alternativas para el diseño del proyecto, que son descritas y analizadas, a la vez que se
justifica la alternativa elegida en base a diversos criterios.
Estas alternativas son:
Alternativa 0. Consistiría en el mantenimiento de la situación actual, que llevaría a la
propiedad a una limitación en la obtención de rentas de los cultivos de secano de la
finca.
Alternativa 1. Incremento de la intensificación: Consistiría en establecer una plantación
súper intensiva, que conllevaría mayores inversiones, mayor utilización de recursos, sin
garantizar mayores beneficios económicos al promotor.
Alternativa 2. Obtención de aguas superficiales: Consistiría en desarrollar el riego a
través de una concesión de agua del Canal de las Dehesas.
Alternativa 3. Riego en las condiciones previstas (olivar tradicional): Consistiría en establecer el riego por goteo con aguas subterráneas para un olivar tradicional.
Para comparar las diferentes alternativas se exponen matrices de impacto para cada una
de ellas, una en fase de ejecución y otra en fase de explotación, salvo para la alternativa
2 que queda descartada por la imposibilidad administrativa de acceder a una concesión de
aguas superficiales. Finalmente, en base a criterios ambientales, productivos y sociales se
escoge la alternativa 3 correspondiente al proyecto que nos ocupa.
C.2 Impactos más significativos del proyecto.
A continuación, se resume el impacto potencial de la realización del proyecto sobre los
principales factores ambientales de su ámbito de afección:


C.2.1 Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

Según el informe de afección a la Red Natura 2000 (CN21/1708/17) emitido por el
Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, la actividad solicitada
se encuentra incluida dentro de los lugares de la Red Natura 2000 Zona de Especial
Protección para las Aves (ZEPA) y Zona de Especial Conservación (ZEC) “Embalse de
Orellana y Sierra de Pela”. A su vez, la actividad solicitada se encuentra incluida dentro
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura en la Zona de Interés Regional (ZIR) del
mismo nombre.